juicio por tragedia

Caleta Olivia
Ayer al mediodía, el Tribunal Oral condenó a Carlos Alberto Sandoval a la pena de tres años de prisión de cumplimiento en suspenso y seis años de inhabilitación para conducir vehículos automotores al hallarlo autor penalmente responsable del delito Homicidio Culposo; Lesiones Gravísimas Culposas; Lesiones Graves Culposas y Lesiones Leves Culposas.
Sandoval fue condenado por el accidente de tránsito ocurrido el 13 de abril del 2013 y alrededor de las 8,30 sobre la ruta 281 a la altura del kilómetro 121, una camioneta Ford Ranger que se dirigía hacia la zona de pesca Bahía Mazarredo con tres ocupantes a bordo se cruzó de carril impactando con una Minibus de la municipalidad de Puerto Deseado y que trasladaba una delegación deportiva de básquetbol.
Como consecuencia del siniestro Ricardo Silvi un reconocido vecino de la localidad de Puerto Deseado perdió la vida y un menor de 12 años quedo internado en estado de gravedad en la ciudad de Caleta Olivia.
El acompañante adulto que perdió la vida era padre de uno de los alumnos, Ricardo Silvi, una persona muy querida en Puerto Deseado, por ser alguien que ayudaba y promovía al básquet local.
Además el Tribunal integrado por los jueces, el doctor Jorge Omar Alonso, a cargo de la Presidencia y los doctores Juan Pablo Olivera y Humberto Eduardo Monelos le impusieron a Sandoval “la obligación de cumplir las siguientes reglas de conducta por el término de tres años:: fijar domicilio del que no podrá mudarse sin aviso fehaciente al Tribunal y abstenerse de la ingesta abusiva de alcohol y estupefacientes en lugares públicos”.
Los jueces consideraron que “el eje de la conducta imprudente de Sandoval estuvo dado por el nivel de alcohol en sangre superior al permitido y por su evidente cansancio que le impidieron manejar un vehículo con la perfección de sus funciones motoras” manifestaron y aseguraron que “”se ha demostrado: mediante la alcoholemia, que el imputado al momento del siniestro poseía alcohol en sangre excedido de los límites establecidos por la ley Nacional de Tránsito y su decreto reglamentario”.
Asimismo las testimoniales en el debate del condenado ha confesado lisa y llanamente su conducción imprudente.
Sandoval relató que “no recordaba el preciso momento del hecho, no se acordaba si se durmió pero que sí recordaba que se agachó para recoger su celular y después de ello no se acuerda más”.
En tanto, el Tribunal consideró la magnitud del daño, por el accionar de Sandoval dejó una persona fallecida, un joven con lesiones gravísimas con capacidad diferente para el resto de su vida, tres personas con lesiones graves y varias más con lesiones leves.