Las mismas rigen desde el 25 de febrero de 2022.
La resolución N° 03 COE-C.O./2022 establece que las personas de 6 años o más solo deberán acreditar esquema de vacunación completo para acceder a las actividades definidas de mayor riesgo epidemiológico y sanitario. Inicialmente estas corresponden a: Viajes grupales turísticos o similares; Eventos masivos que se realicen en espacios cerrados como al aire libre; Eventos deportivos de contacto, tanto para los deportistas y equipo de organización.
Las actividades en la que se requiera el Pase Sanitario podrán variar a lo largo del tiempo ya que son definidas según la situación epidemiológica local.

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Asimismo, se establece que los organizadores, titulares o responsables de estas actividades, como así también los organismos competentes de la administración pública municipal, provincial y las fuerzas de seguridad deberán garantizar el control de la acreditación del pase sanitario respecto a toda persona que ingrese al lugar donde se desarrolle la actividad.
En el artículo 4° se establece que los distintos rubros comerciales y eventos, deberán respetar un aforo de hasta un 100% según su capacidad habilitada.
Finalmente, se reiteran las reglas de conducta generales y obligatorias. En todos los ámbitos, tanto públicos como privados, se deberán atender las siguientes reglas de conducta:
Las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia mínima de 2 metros. Utilizar tapabocas en espacios compartidos. Ventilar los ambientes en forma adecuada y constante. Higienizarse asiduamente las manos. Toser o estornudar en el pliegue del codo. Dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria provincial.
En ningún caso podrán circular las personas que revisten la condición de “caso confirmado” de Covid-19, “caso sospechoso”, o “contacto estrecho”, conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento por disposiciones normativas vigentes.