acua

Las Heras
Un fuerte impulso consiguió el pasado 12 de octubre el proyecto de una acueducto regional, en que, casi simultáneamente, los Concejos Deliberantes de Las Heras y Puerto Deseado declararan “de interés municipal y de necesidad socio económica y ambiental prioritaria el “Proyecto ACUA”.
El mismo consiste en la construcción de un acueducto regional que, partiendo del cauce del Río Senguer –en territorio santacruceño- llevará agua potable a las localidades de Las Heras, Koluel Kayke, Pico Truncado, Cañadón Seco, Caleta Olivia, Fitz Roy, Jaramillo, Tellier y Puerto Deseado, emprendimiento que fuera incluido como obra prioritaria en el Plan Nacional del Agua.
Los Concejales Juan Carlos Quilográn y Pirri Martinez de Las Heras y Puerto Deseado, respectivamente fueron los autores de sendos proyectos adhiriendo a este proyecto que el Diputado Nacional Eduardo Costa presentara en el 2015 y que fuera aprobado por el Poder Ejecutivo Nacional en su Plan de Obras Públicas.
Cabe consignar que en los próximos días se esperan pronunciamiento similares de los Concejos Deliberantes de Caleta Olivia, Pico Truncado y Perito Moreno en los cuales se evalúan iniciativas similares presentadas por los Concejales Javier Aybar, Lucas Chacón y Mirta Mansilla, respectivamente.

Proyecto
El proyecto de resolución señala que “Acua” es una propuesta que fuera presentada al pueblo de la provincia como proposición gubernamental en el año 2015 y que en el 2017 fuera incorporada por el Poder Ejecutivo Nacional como una de las 10 obras prioritarias del “Programa Nacional del Agua”.
Consideran que el Proyecto ACUA consiste en el emplazamiento de un acueducto de 1m3/segundo que partiendo del Codo del Río Senguer, en el territorio santacruceño, se extienda hasta la ciudad de Puerto Deseado, proveyendo de agua a las localidades intermedias de Las Heras, Koluel Kayke, Pico Truncado, Cañadón Seco, Caleta Olivia, Jaramillo, Fitz Roy y Tellier, conformando a 9 localidades con necesidades críticas que en el corto plazo verán cubiertas su demandas por los próximos 20 años;
“Que el acueducto regional Río Senguer – Puerto Deseado constituye una obra prioritaria, de gran necesidad socioeconómica en las comunidades de la región, en permanente situación de emergencia por la constante falta de agua potable en cantidad y en calidad”.
Asimismo indica que “a pesar de las necesidades insatisfechas que muchas veces llevan a la desesperación de comunidades enteras que sufren las consecuencias permanente de la falta de agua se han escuchado mensajes discordantes que –incomprensiblemente- se oponen a la concresión de esta obra, la gran mayoría de ellas aduciendo cuestiones de carácter jurisdiccionales y ambientales”.
Asimismo sostienen que “en tal sentido es dable puntualizar que el Proyecto ACUA fue concebido en el año 2015 teniendo en cuenta todos y cada uno de los preceptos, recomendaciones y limitaciones establecidos en el Tratado Interjurisdiccional de Partición de Aguas y distribución de responsabilidades y competencias de la Cuenca del Río Senguerrubricado entre las provincias de Chubut, Santa Cruz y el Poder Ejecutivo Nacional el 16 de mayo del año 2007, el que fuera ratificado Ley Provincial 3010 sancionada por la Legislatura Santacruceña el 13 de marzo del 2008”

Acuerdo
Manifiestan además que “la Cláusula Segunda del Tratado determina: “Acuérdase que la Provincia de Santa Cruz podrá utilizar un caudal máximo de tres metros cúbicos por segundo (3 m3/seg.) en base al caudal medio de 51,6 m3/seg., determinado por los estudios técnicos correspondientes y medido en la Estación Hidrométrica Vuelta del Senguer. Las partes se comprometen asimismo a acordar y preservar el caudal mínimo ambiental de la cuenca””.
Asimismo “esta cuota (3 m3/segundo) no fue una concesión fundada en el hecho que el cauce del Río Senguer incursiona por 4 km en el territorio santacruceño (Codo del Senguer), de ninguna manera. La provincia de Santa Cruz también es tributaria de la cuenca. En efecto: el Río Guenguel que nace en las cordilleras santacruceñas al norte del Lago Buenos Aires desemboca en el Río Mayo –provincia del Chubut- es el afluente efectivo con el que la provincia de Santa Cruz aporta al cauce del Senguer, por lo cual los 3 m3/segundo que otorga a los santacruceños el Tratado Interjurisdiccional de Partición de Aguas y distribución de responsabilidades y competencias de la Cuenca del Río Senguer no es una concesión, es un reconocimiento”.

1 m3/segundo
“Para ubicar el acueducto regional en el contexto apropiado es dable afirmar que de los 51,6m3/segundo del caudal promedio del Senguer, 3 m3/segundo le corresponde a los santacruceños y de esos 3 m3/segundo propios, el proyecto ACUA utilizará solo 1 m3/segundo, lo que equivale solamente el 1,93% de la totalidad del recurso, por lo cual no es dable afirmar categóricamente deterioros ambientales duros, sobre todo si –además de las razones puntualizadas- se tiene en cuenta que:
Se da respuesta a una situación de emergencia crónica por la falta de agua que afecta a más de 100.000 habitantes distribuidos en 9 localidades santacruceñas. Se descomprime la demanda del consumo de Caleta Olivia sobre el acueducto del Lago Muster, por lo que recibiría por el nuevo aliviaría la carga del viejo conducto, con lo cual se optimizaría el servicio sobre Comodoro Rivadavia y Rada Tilly.
Los Caletenses tendrían una fuente permanente, confiable y propia y la prestación del servicio dejaría de depender plenamente de los vaivenes operativos y financieros de una empresa extraprovincial, sobre la que no se tiene ni participación, ni incidencia, ni control (S.C.P.L. Sociedad Cooperativa Popular Limitada).
Se utilizará agua de una fuente propia por lo cual la provincia de Santa Cruz no deberá pagar por su captación.

2007
El proyecto resuelve informar “a las poblaciones del entorno de la Cuenca del Río Senguer que tal proyecto se erigirá en el marco de las limitaciones establecidas en el Tratado Interjurisdiccional de Partición de Aguas y distribución de responsabilidades y competencias de la Cuenca del Río Senguer, rubricado entre las provincias de Chubut, Santa Cruz y el Poder Ejecutivo Nacional el 16 de mayo del año 2007, el que fuera ratificado Ley Provincial 3010 sancionada por la Legislatura Santacruceña el 13 de marzo del 2008.