El gobierno del Chubut aplicó una multa de casi 36,6 millones de pesos por la tala ilegal de un bosque nativo de alto nivel de conservación, en el ejido municipal de Esquel, en la región cordillerana de la provincia.
Los ejemplares de «lenga» (Nothofagus pumilio) fueron cortados por un empresario turístico para abrir una pista de esquí.
«La Dirección General de Política Forestal, dependiente de la cartera de Bosques del Chubut, dispuso en los últimos días la sanción contra el responsable de talar, sin autorización, un área ubicada dentro de un estatus de protección elevado en ordenamiento territorial de los bosques nativos de la Provincia», se informó en un comunicado oficial.

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Se trata del complejo «Monte Bianco» dedicado a la práctica de deportes de invierno, ubicado a a 20 kilómetros de Esquel, donde durante una inspección ocular realizada el año pasado se comprobó el corte ilegal de unos 1.200 ejemplares de la especie ‘lenga’ (haya austral o roble blanco) para la apertura de áreas de esquí y playa de estacionamiento.

Denuncia penal

Una vez corroborada dicha irregularidad, la Secretaría de Bosques, con oficinas centrales en la ciudad de Esquel, avanzó con las actuaciones administrativas del caso, realizó las notificaciones y abrió el espacio para los descargos pertinentes.
Ese organismo público, a su vez, radicó la denuncia penal ante el Ministerio Público Fiscal.
«El expediente pasó la etapa instructiva y recaló en la Dirección General de Política Forestal, donde un cuerpo de asesores legales evaluó la situación y las posibles sanciones que se fueron materializando», explicó a Télam el secretario de bosques de Chubut, Rodrigo Roveta.
Tras los trámites administrativos «procedimos a notificar la aplicación de una multa de $36.595.732 al responsable de la tala irregular de una especie nativa, monto que debe ser abonado en el transcurso de los próximos treinta días», dijo el funcionario.
El daño ocasionado es considerado de alta gravedad y supone la infracción a la Ley nacional 26.331, que establece una serie de parámetros de conservación, cuidado y aprovechamiento de los bosques nativos en el territorio.

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La sanción se fundamenta en que «la infracción afectó a bosques de conservación Categoría I (Rojo) de acuerdo a Ley XVII N° 92 (en el marco de la Ley Nacional N° 26.331), el grado de irreversibilidad a su estado natural de parte de las áreas afectadas a la infracción como así también la reincidencia del infractor».
Luis Simioni, dueño del predio donde se produjo la tala de árboles, reconoció a través de reportajes concedidos a medios locales que realizó el acto, pero argumentó que era su propiedad privada y que intervino en un área que no estaba sometida a ningún tipo de cuidado.
Respecto a los bosques nativos, la legislación provincial distingue lo que es el «suelo» del «vuelo».
El primero hace referencia al derecho que tiene el dueño de la tierra a disponer de su propiedad, pero el «vuelo» -que implica el tronco hasta la última hoja del follaje en las especies nativas- es de interés público y sujeto a protección.