puente

Caleta Olivia
El sábado se realizó la Reunión Mensual del Grupo de Adopción “Puente de Esperanzas”, acompañados por el abogado Pedro Sebastián Rojas. Un abogado de Familia que abordó temas de interés para aquellas familias que tienen el deseo de adoptar.
“La reunión de este sábado fue para darle un punto de vista a lo jurídico, de cómo se toca el tema hoy, con la reforma del Código Civil”, comentó el abogado Rojas, en diálogo con Diario Más Prensa, y expresó respecto a la reunión que “hay un poco de falta de información que hace a veces, genera ciertos prejuicios, como por ejemplo que nunca va a llegar el momento en que se pueda adoptar, que el juicio es largo, y diferentes cuestiones sociales”.
Desde el punto de vista jurídico, Rojas trató de explicar qué significa hoy la adopción, que está vista como un “instituto jurídico”, en el cual se va a garantizar a que los niños puedan vivir dentro de una familia.
Se tocaron temas principales, como el “Trámite de Inscripción” en el Registro Único de Adoptantes de Santa Cruz, la “Vinculación”. “Hoy por hoy nuestro derecho específicamente establece que es una adopción un instituto jurídico en el cual le va a garantizar ese derecho al niño, pero a la vez, establece ciertos principios como el interés superior del niño, el respeto al derecho a la identidad que tiene el niño a ser escuchado y a que su opinión sea tenida en cuenta de acuerdo al grado de madurez del niño. En todo el proceso el niño va a ser escuchado por el juez competente que dio el proceso de adopción”, destacó Rojas.
Luego de la etapa de Vinculación se da la “Guarda con fines de adopción”, una etapa de 6 meses, donde el estado con la oficina de la niñez, con psicólogo, asistente social, van a trabajar para consolidar ese vinculo con los posibles padres. Una vez concluida positivamente esta etapa se inicia el “Juicio de adopción”, donde se establecerá si es una adopción simple o una adopción plena, y que seguidamente con la sentencia el niño adquiere su nueva filiación, pasando a ser un hijo adoptivo.
Por esto es, que el letrado Rojas fue invitado a participar de la reunión mensual a fin de sacar dudas a las posibles familias adoptantes, que alguna de ellas acudió al encuentro gracias a la publicación en nuestro medio, invitando a participar.

Requisitos
Los requisitos que se necesitan hoy para ser adoptante y poder ser adoptado.
El Dr. Rojas indicó que para ser Adoptante, entre los requisitos se encuentran ser mayor de 25 años de edad. Tener 16 años de diferencia entre el adoptante y el adoptado.
Si no es nativo de Argentina que el adoptante tenga una residencia de 5 años en el país, o ser Argentino naturalizado.
En tanto el requisito para ser Adoptado: es tener estado de adoptabilidad del niño, en este caso es el juez que a través de una declaración, una resolución o una sentencia declara este estado de adoptabilidad.

Limitaciones
“La mayoría de los adultos solo se considera posible familia para un bebé pequeño y sano pero muchas veces esa idea se sustenta en la característica que tendría un hijo al llegar a la familia por la vía biológica.
Cuanto más podamos trabajar sobre nuestras limitaciones al respecto, mejores condiciones tendremos para recibir a los niños que llegan por la vía adoptiva”, dijo Claudia Barrientos, referente del grupo de adopción local, y destacó que “es importante saber que: la mayoría de los niños que llegan a las familias por adopción no son bebés. Y que los únicos que esperan familia para el sistema de la adopción son LOS NIÑOS, los adultos nos inscribimos, nos ofrecemos y solo seremos convocados si el ofrecimiento que hacemos es adecuado a lo que se busca para un niño concreto”.
Al respecto, el abogado Pedro Rojas, dijo que “la mayor o menor posibilidad que uno pueda tener en vincularse con un niño para adoptar, se va a dar cuando uno se inscriba en ese registro de adoptante, cuando llene ese formulario. Dentro de ese formulario se debe declarar la situación de adoptabilidad. Digamos, qué tipo de niño se quiere adoptar.
Justamente se encuentra que un 90 % de los pretensos adoptantes prefieren o eligen adoptar niños de corta edad, hasta 3 años. Obviamente se dismimuye la posibilidad que pueda vincularse con un niño, porque no son muchos ese tipo de casos, si bien existe una alta estadística de abandono; y por otro lado en esa declaración jurada de registro se tiene la posibilidad de elegir si se quiere ser padre de un niño con alguna patología; hoy hay un gran porcentaje de niños que superan los 8 años de edad con alguna patología, y obviamente esos chicos no logran una vinculación con los pretensos adoptantes justamente porque en los legajos no figura el perfil”.
Ante esta situación, el letrado mencionó que “este es un trabajo social que hay que hacer para concientizar a la gente que puede brindar el mismo amor que un niño que no tenga una patología. También se puede formar una familia y lograr la plena felicidad”, sentenció.

Ley
Hay una Ley Nacional que es la que solicita la formación de equipos técnicos respecto a este tema, y Santa Cruz todavía está arrancando.
Asimismo, la Ley Provincial 3062 menciona la creación de oficinas de protección de derechos de niños, niñas y adolescentes, que además prevé un presupuesto para que estas oficinas puedan desarrollarse en las localidades. “Espero que funcionen las políticas en Santa Cruz en cuanto a este tema”, subrayó Rojas y agregó que “lo bueno es que hay muchos profesionales de la localidad que tienen mucha predisposición”.
Se invita a la comunidad de Caleta Olivia a visitar el Facebook: Puente de Esperanzas Adopción Caleta Olivia, donde se publica toda la información de la provincia y del país, respecto a adopción.