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Por Gabriela Macias
Existen componentes alimentarios presentados en forma terapéutica como “suplementos dietarios”, al ser alimentos, pueden ser utilizados como parte de un plan alimentario o con indicaciones nutricionales precisas de manera totalmente legal, y no necesitan de la prescripción del médico.
Sin embargo, las personas a la hora de comprar no pueden distinguir si lo que tienen en frente es un medicamento, un suplemento o un medicamento a base de hierbas ( fitoterapico) .
Para comprender mejor esto es importante dar algunas definiciones:
Un medicamento: es aquel en que un laboratorio para tal fin, solicito un certificado para comercializarlo.
Un medicamento FITOTERAPICO: es aquel en que un laboratorio habilitado para tal fin solicito un certificado para comercializarlo.
Un suplemento dietario: Es un laboratorio habilitado para tal fin, el que solicita el certificado .
*En el caso de las hierbas a partir de 2001 se incluyo como requisito que toda hierba siempre sea acompañada de un nutriente para ser autorizada a comercializarse ( Disp. Anmat 1637/2001)
La diferencia radica en el laboratorio, en quien solicita el certificado, en los canales por los que va a comercializarse, en el rotulo nutricional, y en el cómo va a publicitarse , bajo que normas éticas, pero el producto final puede ser el mismo en los 3 casos .
Veamos un ejemplo con el CALCIO, un nutriente critico:
El calcio puede ser un Medicamento de venta bajo receta , ej: “CALCIMAX” un suplemento dietario Ej: “Garden House” o un alimento funcional ,ej: Yogur con calciplus.
Las 3 presentaciones nos van a aportar 500 mg de calcio, el producto final resulto ser el mismo.
Pero en el caso del Suplementos de Garden house , su Nutricionista se los puede prescribir como parte de un plan, para ayudarle a incrementar la ingesta dietaria, no tiene necesidad de solicitar una receta médica.

Productos
Como reconocer un suplemento dietario seguro: ahora otro problema que se presenta para las personas, es que abundan las ofertas de productos con leyendas falsas, sin registros de habilitación, con mensajes engañosos sobre cura de enfermedades y ahí está la raíz del malestar que hoy tiene la Industria Farmacéutica, por los engaños constantes a la gente, donde se juega con la salud.
El INAL ( Instituto Nacional de Alimentos) es el responsable de controlar esta situación, pero lamentablemente como las provincias son autónomas , existe por decirlo así una superposición de poderes, que hace que una provincia o municipio pueda otorgar un n° de RPE y un RPPA, lo cual genera un gran problema, ya que hay productos que no están permitidos en varias provincias circulando en otras.
Alguno ítem para que puedan reconocer cuando están frente a un suplemento seguro:
1) Todos los suplementos dietarios deben exhibir un rótulo con Información
2) No pueden llevar la Leyenda “venta libre” ya que esa frase solo se utiliza en Medicamentos.
3) No deben llevar leyendas como “curan, mitigan o previenen una determinada enfermedad”.
Si pueden llevar frases como “ ayuda a.. Ayuda a prevenir… pero siempre y cuando exista evidencia científica firme, y no solo algunos estudios aislados.
4) No pueden consumirse en embarazo, en niños, o lactancia ( ya que para ello existen ya suplementos específicos)
5) Deben llevar la leyenda “Consulte a su médico antes de consumir”.
6) Si contiene nutrientes que superen la IDR (Ingesta dietética recomendad) se deben advertir en el producto.
7) Si supera la IDR de vitamina A, D, E o k, debe advertir que puede causar efectos tóxicos y que no puede consumirse sin consulta al médico.
8) Si contiene cromo, debe advertir sobre todo por el riesgo en pacientes diabéticos.
9.) Deben tener un n° de Certificado RNSD ( Registro nacional de Suplemento dietario) generalmente este no lo tienen la gran mayoría, pero se permite su comercialización con un certificado de RNPA (Registro Nacional de producto alimenticio)
Que debe incluir el rótulo nutricional:
El n° de lote y fecha de vencimiento.
Leyendas de advertencia.
Peso neto o cantidad.
Datos del elaborador y comercializador.
N° de RNE ( Registro nacional de Establecimiento)

Industria alimentaria vs industria farmaceútica
Los Suplementos Dietarios, molestan a la Industria farmacéutica, porque al ser considerados alimentos pueden ser incluidos por muchas empresas, y manejados por Profesionales como los Nutricionistas sin necesidad de receta médica. No obstante los médicos pueden prescribirlos, pero los laboratorios farmacéuticos, presionan siempre a favor del uso de medicamentos para el abordaje de patologías, aunque como vimos en el caso del calcio, el producto final sea el mismo, y el beneficio sea el mismo 500 mg. Ya sea su médico o un Nutricionista quien los indique, son recomendables, seguros, y deben ser aportados en el marco de una alimentación saludable .
Particularme los incluyo en pacientes con déficit , oncológicos, donde no cuentan con un tracto gastrointestinal sano para poder convertir los betacarotenos de las zanahorias en Vitamina A, por ejemplo, son casos donde necesitas aportar la Vitamina ya formada.
En deportistas que se ven incrementadas sus necesidades, no asi aquellos que van al gimnasio tres veces por semana, cuando hablamos de deportistas , hablamos de un nivel de elite, no de quienes lo hacen por salud, por hobby, donde su gasto calórico puede ser cubierto sin la necesidad de suplementos. En el ámbito de los gimnasios es donde más personas suplementadas sin necesidad se encuentran, con riesgos de efectos tóxicos potenciales. Es por ello que como los Suplementos Dietarios “son alimentos” , el profesional más idóneo para recomendarlos, prescribirlos es el Nutricionista.

*Gabriela Macias, es Licenciada en Nutrición (MP LN066), con un posgrado en gastroenterología , nutrición oncológica y Nutrición Deportiva. Asesora y prescribe planes de actividad física adaptados a patologías. Condujo programas radiales como GPS SALUD, Frecuencia de Salud, y columnas en Magazine de tv Desayunados . Creadora de Nutrionline, Tratamientos grupales de descenso de peso.