Desde la Agencia Provincial de Seguridad Vial, dependiente del Ministerio de Seguridad, se informa que para circular sólo tiene validez la Licencia Nacional de conducir en formato físico.
La Agencia Provincial de Seguridad Vial recuerda, que la Licencia Nacional de Conducir Digital es complementaria a la Licencia de Conducir en formato físico y esto rige en toda la jurisdicción nacional.

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Para circular dentro del país se debe llevar la Licencia de Conducir en formato físico, directiva que alcanza a la totalidad de los organismos jurisdiccionales.
En este contexto, la Agencia Nacional de Seguridad Vial informa que se procedió a incluir en la información de la licencia digital la siguiente leyenda: «Si te retuvieron o inhabilitaron la licencia física, no podés circular con la licencia digital. Hacerlo constituye un delito».