Así, las empresas Armadoras podrán acceder a la reducción del 50% en el arancel del Derecho Único de Extracción (DUE). Los Administrados deberán registrar en el Módulo «Transacciones Comerciales» las capturas enviadas a las plantas procesadoras en tierra y ser aceptadas por la planta receptora. De esta forma se continúa validando la trazabilidad de la cadena de valor.

Con el fin de fomentar el trabajo en tierra la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, puso en vigencia la Disposición SSPYA N° 78/2023 la cual reglamenta los mecanismos de control para acceder a la reducción del 50% del Derecho Único de Extracción (DUE) mediante la utilización del módulo «Transacciones Comerciales» del Sistema Federal de Información de Pesca y Acuicultura (SIFIPA).

Dr. Liberman y Dr

El Artículo 29 del Régimen Federal Pesquero aprobado por la Ley Nº 24.922 instaura que el ejercicio de la pesca de los recursos vivos en los espacios marítimos, bajo jurisdicción argentina, está sujeto al pago de un Derecho Único de Extracción (DUE) por especie y modalidad de pesca, el que será establecido por el Consejo Federal Pesquero. Asimismo, como lo prevé la Resolución Nº 12/2014 del órgano colegiado y con el objetivo de fomentar la mano de obra en tierra, las empresas amadoras que destinen sus volúmenes de captura de pesca a establecimientos ubicados en tierra para su procesamiento, se les concederá una reducción del arancel al Derecho Único de Extracción (DUE) del 50%.

Registro

A partir de la puesta en vigencia de esta Disposición, las empresas armadoras deberán registrar en el módulo de «Transacciones Comerciales» cuál es la planta a la que se transfieren los volúmenes de capturas y esta última, deberá aceptar esa transferencia. La empresa armadora, mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), continuará presentando la liquidación y comprobante de pago de la marea con el agregado de los números de transacciones brindados por el Sistema Federal de Información de Pesca y Acuicultura (SiFIPA), que validan la transferencia a la planta y su aceptación. De esta manera, y con absoluta corroboración de la trazabilidad del producto, los Administrados podrán acceder a la reducción del Derecho Único de Extracción (DUE).
El Subsecretario de Pesca y Acuicultura, Dr. Carlos Liberman, declaró que «Desde el primer momento de nuestra gestión, alentar el agregado de valor a los productos pesqueros y fomentar el trabajo en tierra ha sido nuestro norte. Esta Disposición nos permite validar concretamente las capturas que los buques envían a las plantas de procesamiento, logrando así una gestión más eficaz y eficiente a la hora de otorgar el beneficio, cuidando los recursos del Fondo Nacional Pesquero (FONAPE).
Actualmente, la Unidad de Ingresos al FONAPE (UIF), creada bajo la Resolución SAGYP N° 159/2021 y dependiente de la Dirección de Administración Pesquera, es la encargada de impulsar las acciones necesarias para el fortalecimiento y cumplimiento de los objetivos de recaudación existentes en el ámbito de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera. De esta manera, promovemos una reducción de los aranceles, estableciendo políticas públicas que tiendan a otorgar un tratamiento más justo para quienes operan dentro del ordenamiento jurídico de la actividad.»

Dr. Suarez y Dr

Trazabilidad

El Director Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, Dr. Julián Suárez, declaró «Esta Disposición se convierte en la primera Normativa que se nutre de las posibilidades del entrecruzamiento de datos que nos brinda el Módulo ´Transacciones Comerciales´, el cual es de uso obligatorio desde el 25 de diciembre del 2022 por medio de la Disposición DNCYFP N° 26/2022.
Dando un paso más hacia la Trazabilidad de toda la cadena de valor».
Esta normativa entra en vigencia a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial.