Este domingo 22 de octubre se realizarán las elecciones generales de 2023 en todo el país. Entre otros cargos, se elegirá al próximo presidente o presidenta de la Nación o a quiénes serán los 2 candidatos que compitan en el balotaje del próximo 19 de noviembre.
El próximo domingo se elegirán, a nivel nacional, los cargos de presidente, vicepresidente, 130 diputados y 24 senadores nacionales. También se elegirán 19 parlamentarios del Mercosur por distrito nacional y 24, por distrito regional.
A nivel provincial, el 22 de octubre también se celebrarán elecciones generales para cargos provinciales en la Provincia de Buenos Aires, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Catamarca y Entre Ríos.
Los candidatos
Los candidatos presidenciales en las Elecciones 2023 son: Javier Milei (La Libertad Avanza), Patricia Bullrich (Juntos por el Cambio), Sergio Massa (Unión por la Patria), Juan Schiaretti (Hacemos por Nuestro País) y Myriam Bregman (Frente de Izquierda y de Trabajadores).
Dónde votás
Para saber donde votar, se puede ingresar a la página de la Cámara Nacional Electoral (CNE).
Para la consulta, la persona debe introducir su número de documento, su género, el distrito en el que vota e ingresar un código verificador. Con esos datos, el sistema informará el nombre y la dirección de la escuela donde hay que ir a votar, el número de mesa y el número de orden que corresponde.
También se puede consultar el padrón electoral llamando a la línea gratuita: 0800-999-7237. También hay que colocar el número de DNI y el género. Si la persona está inscripta en el padrón, se le va a decir la sede de votación, el número de mesa y de orden.
Como explica la Dirección Nacional Electoral (DINE), el lugar de votación de las elecciones generales suele ser el mismo que el de las Elecciones PASO pero puede ocurrir que haya cambios, por lo que se recomienda que antes del día de la elección se haga una nueva consulta.
Los documentos válidos para votar en Argentina y en el extranjero
Las personas deberán presentarse en la mesa que les fue asignada con cualquiera de los siguientes documentos: la libreta de enrolamiento o libreta cívica, el DNI libreta verde, el DNI libreta celeste, la tarjeta del DNI libreta celeste (incluso el que contiene la leyenda “No válido para votar”) o el nuevo DNI tarjeta. Cualquier DNI sirve para votar, siempre y cuando sea el mismo que figura en el padrón o una versión posterior.
No podrán votar quienes presenten el “DNI en su celular” o DNI digital, según explica la CNE.
Para las personas que viven fuera del país el voto es optativo y están automáticamente habilitadas para votar, mientras tengan DNI argentino y domicilio en el exterior.
Veda electoral
El Código Electoral Nacional establece que la campaña electoral debe finalizar 48 horas antes de la apertura de los comicios. Es por esto que, desde el viernes a las 8 de la mañana y hasta las 21 del domingo, rige el período que se llama “veda electoral”.
De esta manera, hasta 3 horas después de la finalización de las elecciones generales que se llevarán a cabo este domingo, no se podrán realizar ciertas actividades que puedan entorpecer el normal desarrollo de los comicios.
Venta de alcohol
Desde el sábado a las 20 horas y hasta las 21 horas del domingo no se pueden vender bebidas alcohólicas. Esto es porque desde el viernes a las 8 de la mañana y hasta las 21 del domingo rige la veda electoral.
¿Qué pasa si soy autoridad de mesa y no puedo ir?
Tras su designación, los elegidos como autoridad de mesa tienen un plazo de 3 días para excusarse de cumplir ese rol, aunque debe ser por una causa justificada ya que para la Justicia electoral se trata de una “carga pública irrenunciable”.
El Código Electoral Nacional prevé penas de 6 meses a 2 años de prisión para las autoridades de mesa que no asistan a cumplir sus funciones sin haberse excusado, es decir, que en la máxima pena prevista para ese delito no hay pena de prisión efectiva.
Si no votás
Todos los argentinos nativos o por opción (es decir, cuando una persona es hija de padres argentinos y elige esta nacionalidad) desde los 16 y hasta los 70 años están obligados a votar en las elecciones de 2023. En el caso de las personas naturalizadas (extranjeros que obtuvieron la ciudadanía del país), el deber rige desde los 18 años.
En caso de no votar, estos electores deben afrontar el pago de una multa o pueden recibir sanciones, salvo que se encuentren dentro de los grupos de exceptuados y justifiquen su ausencia en los comicios, de acuerdo con el Código Electoral Nacional.
Las personas que no asistan a votar, y no justifiquen su inasistencia ante la Justicia Electoral Nacional dentro de los 60 días posteriores a la elección, deberán pagar una multa de entre $ 50 y $ 500. El monto a pagar depende de la cantidad de infracciones previas, de acuerdo con lo que establece la Acordada 37/2013 de la Cámara Nacional Electoral.
En caso de no hacerlo, el Código dispone en su artículo 125 que el infractor no podrá desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años. Tampoco podrá realizar gestiones o trámites durante 1 año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales.
Si no voté en las PASO, ¿podés votar en las elecciones presidenciales 2023?
Sí. No participar en las elecciones primarias de agosto no exime a la persona del derecho y la obligación de sufragar en los comicios generales de octubre.
Para poder emitir su voto, los electores sólo deben cumplir con 2 condiciones: figurar en el padrón electoral y acreditar su identidad con un documento habilitante.
¿Es obligatorio votar a los 16 años?
En nuestro país el voto es obligatorio para todas las personas mayores de 16 años y menores de 70. De todas maneras, el Código Electoral Nacional no establece ninguna penalidad para los votantes de 16 y 17 años en caso de no votar.
¿Hasta qué hora podés votar?
Se puede votar desde la 8 de la mañana hasta las 18 horas. En ese momento, se cierran las puertas de los centros de votación y las autoridades de mesa deberán esperar que terminen de votar todas las personas que ingresaron antes.
¿Cuándo pueden ir a votar los adultos mayores?
No existe un horario en particular para la votación de adultos mayores. Pueden hacerlo, como el resto de la ciudadanía, de 8 a 18 horas. De todas maneras, en el caso de que un elector presente algún tipo de limitación o discapacidad puede solicitar prioridad para votar, como así también los adultos mayores y las personas gestantes y/o con niños o niñas, según establece la DINE.
¿Qué tipo de escrutinios existen?
A las 18 horas del día de las elecciones se cierran los comicios y a partir de las 21 horas se comienzan a publicar los primeros datos del escrutinio provisorio, es decir, el primer conteo de votos que se hace apenas termina la elección y que está a cargo del Poder Ejecutivo Nacional. El objetivo de este escrutinio es informar a la ciudadanía los resultados preliminares, pero no tiene ninguna validez legal.
Los que sí son válidos legalmente son los datos que surgen del escrutinio definitivo. El escrutinio definitivo, a cargo de la Justicia electoral, comienza 48 horas después de los comicios y se realiza en base a los datos de las actas de escrutinio que se elaboran el domingo en los centros de votación. En el escrutinio definitivo sólo se abren las urnas para hacer el recuento de votos cuando existe un reclamo de alguno de los delegados partidarios y el juez hace lugar a la solicitud.
¿Cómo se puede descargar la app para seguir los resultados de las elecciones y cómo funciona?
Cuando se den a conocer los primeros resultados del escrutinio provisorio el domingo próximo, se podrán seguir a través de la página oficial de la Dirección Nacional Electoral (DINE), pero también a través de la aplicación para dispositivos móviles Elecciones Argentina 2023. Para celulares con sistema Android se puede descargar la aplicación en Google Play y para celulares con sistema IOS, en App Store.
¿Qué pasa si hay balotaje?
Si en las elecciones generales del 22 de octubre ninguno de los candidatos consigue el porcentaje definido por la Constitución nacional para ganar en primera vuelta, se realizará una segunda vuelta o un “mano a mano” entre las 2 fórmulas más votadas para definir al próximo presidente.
Los artículos 97 y 98 de la Constitución establecen que un presidente asume su cargo cuando su fórmula ha obtenido más del 45% de los votos afirmativos o por lo menos el 40% de los votos y una diferencia porcentual mayor a 10 puntos con respecto a la fórmula que le sigue en cantidad de votos.
Si ninguna de las 2 condiciones que se detallaron arriba se cumple, ahí aparece la segunda vuelta, que deberá ocurrir en los 30 días posteriores a la elección general. Entonces, una hipotética segunda vuelta electoral en las Elecciones de 2023 está estipulada, según los plazos de la Cámara Nacional Electoral, para el domingo 19 de noviembre.