jubilatoria

Así lo ratificó la presidenta de la Caja de Previsión Social (CPS) de Santa Cruz, María Belén Elmiger, ante la reunión de la comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura provincial. Además, destacó la participación -por primera vez- del ente en las mesas de negociación salarial, cumpliendo con la competencia que otorga la ley previsional.

La titular de la Caja de Previsión Social, María Belén Elmiger, asistió a la 12º reunión de comisión de Asuntos Constitucionales de la Legislatura de Santa Cruz para brindar detalles de la Resolución 307/2024. Lo hizo junto al equipo técnico conformado por la vicepresidenta primera, Silvia D’Andrea; el gerente General, Pablo Pérez; la directora de Liquidación, María Elorriaga; la asesora letrada, Dheisy Canton; y el gerente de Planificación y Estadística, Bruno Gallardo.

“La movilidad jubilatoria está garantizada”, enfatizó Elmiger y aclaró que la Resolución 307/2024 no afecta este derecho, sino que regula que los adicionales creados después de la determinación del cargo base – con el que se otorgó el beneficio- no formarán parte del haber jubilatorio.

Explicó, en tal sentido, que “sólo existe un supuesto en el que se puede modificar el cargo base y es por el artículo 121 de la norma previsional. Esto es cuando un beneficiario suspende su jubilación y vuelve a la actividad por 4 años o más y se le transforma el beneficio mediante el cómputo de las nuevas actividades con aportes a este régimen previsional”.

“Este instrumento garantiza que la ley previsional se aplique de manera racional y lógica, asegurando que los beneficios jubilatorios se otorguen conforme la norma, sin depender de criterios individuales”, amplió Elmiger.

En ese contexto, desde el equipo técnico recordaron la decisión de la actual gestión previsional de cumplir con el artículo 123 de la Ley 1782 de Jubilaciones y Pensiones. “El Poder Ejecutivo adoptará los recaudos necesarios para que en toda oportunidad en que se realicen estudios tendientes a la modificación total o parcial o a la reestructuración de los ordenamientos escalafonarios o remunerativos del personal dependiente del Estado Provincial, sea designada una representación de la Caja de Previsión Social, con la finalidad de que se considere la reubicación de los beneficiarios que correspondan”, señala la norma.

Por eso, la vocal por el Ejecutivo, Silvia D’Andrea, explicó que “cuando nos sentamos en paritarias recordamos que el haber está dado por el básico, la zona, la antigüedad y el título. Ese es el pan nuestro de cada día y debemos tenerlo en claro, porque de allí es de donde se alimenta el salario de un pasivo”.

Por su parte, la asesora letrada de la CPS, Dheisy Canton aclaró que “siempre que se crean adicionales sectorizados, estos no son para todo el régimen, lo que acentúa la brecha entre trabajadores. Generalmente, los adicionales son para los jerárquicos, lo que genera grandes diferencias en los haberes. La movilidad tiene la característica principal de ser automática y aplicable a todo el régimen para evitar estas disparidades”, subrayó.

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