Hace 25 años, en el entrerriano Palacio San José, convencionales de 19 bloques juraban el texto constitucional vigente. Pacto, reelección, disputas y consensos.

Fue uno de esos hechos que ocurren muy de vez en cuando y que marcan el rumbo de la historia de un país. La reforma constitucional de 1994 no sólo fue un punto de inflexión para la vida institucional de la Argentina. También resultó una bisagra en la dinámica política, generó la aparición de nuevos partidos, provocó debates de fondo, la cristalización de viejas pugnas de sectores antagónicos y el despunte de figuras que perdurarían en el calendario electoral.

La Constitución de 1994: una reforma que amplió derechos, pero aún deja deudas

Raúl Alfonsín en el centro de los convencionales constituyentes en Santa Fé en 1994.

Ante todo, la Convención Constituyente que concluyó hace exactamente un cuarto de siglo, tras 90 días de sesiones, fue una pieza incunable de convivencia.

Dos episodios sirven de muestra. Raúl Alfonsín compartió la primera fila del acto inaugural con un militar que se alzó contra su gobierno, Aldo Rico. El sindicalista combativo Alberto Piccinini hizo las paces en un pasillo de la Universidad santafesina -el lugar de las sesiones- con Alberto Rocamora, el ministro de Isabel Perón que lo mandó a la cárcel, donde permaneció ocho años.

Las posturas cruzadas y los encendidos debates no impidieron que los 19 bloques que participaron de la mayor reforma que se le hizo a la Carta Magna desde 1853 coincidieran en la jura del texto en el Palacio San José, en Entre Ríos.

Eso sí, los efectos de aquellas oscuras negociaciones que desembocaron en la reforma y las consecuencias de las cláusulas que alcanzaron a aprobarse son hasta el presente motivo de discordia entre políticos, juristas y gente de a pie.

Constitución, identidad y futuro

El pecado original tiñó todo el procedimiento. Más allá de los posteriores justificativos políticos, el pacto secreto que sellaron en Olivos el entonces presidente, Carlos Menem, y Alfonsín, el jefe de la oposición, obró como espada de Damocles sobre las espaldas de los constituyentes. Todo parecía hacerse en función del capricho reeleccionista del riojano y las concesiones que había logrado arrebatarle el de Chascomús.

Así fue como el tramo inicial de la Asamblea se encapsuló en una tórrida discusión sobre la posibilidad de abrir el Núcleo de Coincidencias Básicas que peronistas y radicales habían blindado para asegurar el encastre de los artículos que habían acordados sus jefes en el intercambio de figuritas. Como era previsible, los bloques chicos no pudieron romperlo.

Desde entonces rige, para el presidente, la reelección por un mandato, cuya duración se acortó de 6 a 4 años, el balotaje con topes inusuales, la regulación de los DNU, más la eliminación del Colegio Electoral y de la obligatoriedad de la condición católica. Además, la elección directa de los senadores y de un tercero por la minoría, junto a la ampliación del período legislativo con abreviación del trámite para aprobación de leyes, la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires y la designación de jueces a través del Consejo de la Magistratura.Sesión de la Convencion Nacional Constituyente en Santa Fe.Sesión de la Convencion Nacional Constituyente en Santa Fe.

La innovadora incorporación de un jefe de Gabinete para atenuar el presidencialismo quedó, como tantos otros preceptos, a mitad de camino de sus pretensiones.

Cristina Kirchner fue una ferviente defensora de ese combo, como secretaria del bloque peronista, en tanto que Elisa Carrió haría su debut político con un flamígero discurso contra el pacto de Olivos, pese a lo cual se convertiría en lugarteniente de Alfonsín el resto de las sesiones. La intransigencia del obispo Jaime de Nevares y de Pino Solanas, los llevó a abandonar la Convención, aunque el líder de bancada, Chacho Alvarez, mantuvo al Frente Grande con los pies dentro del plato hasta el final.

A la hora de abrir el juego a los llamado “temas habilitados” para incorporar sin limitaciones, los consensos le ganaron la partida a las divergencias. De allí surgieron una serie de artículos que ampliaron derechos individuales y sociales. Por empezar, los que integran aquellos tratados internacionales que obtuvieron jerarquía constitucional.

En la lista de nuevos derechos se incluyeron el de usuarios y consumidores, el medio ambiente sano, el amparo, el habeas corpus, el habeas data y el secreto de las fuentes periodísticas, entre otros. Una ambiciosa “cláusula del progreso” quedó, como sostiene ilusoriamente el convencional y ahora juez de la Corte, Horacio Rosatti, como mandato para los hacedores de las políticas económicas.

Entre los peso pesados que participaron de los debates figuraron Carlos Corach, César Jaroslavsky, Eugenio Zaffaroni, Antonio Cafiero y Alfredo Bravo, todos bajo la presidencia de Eduardo Menem. Los gobernadores Eduardo Duhalde, Néstor Kirchner, Rubén Marín, Horacio Massaccesi y Adolfo Rodríguez Saá lograron imponer la cláusula de “dominio originario de los recursos naturales” para las provincias.

Alfonsín mantuvo un histórico duelo con el menemista Rodolfo Barra sobre el aborto. Desembocó en un ambiguo texto sobre protección del niño “desde el embarazo” que no obturó el debate abierto sobre la despenalización.

Otras piezas apuntaron a mecanismos de democracia semidirecta, como la consulta y la iniciativa popular. Y al equilibrio de poderes, entre ellas la del defensor del Pueblo, el auditor general de la Nación, el Ministerio Público como organismo extrapoder, la regionalización y las autonomías municipales.

Con todo, el vice de la Comisión de Redacción, Antonio Hernández (de la UCR), enumera 25 años después al menos una veintena de reglamentaciones pendientes por parte del Congreso. Con la ley de coparticipación y de propiedades indígenas a la cabeza. Sin omitir desvíos en las normas que rigen los DNU y la integración de la Magistratura. Aún la Constitución no se cumple a pleno. ¿Para qué pensar en una nueva reforma?.

La reforma de la Constitución de la Nación Argentina de 1994 fue un acontecimiento crucial en la historia política y constitucional del país. Aquí te presento un resumen que aborda los aspectos más destacados que mencionaste:

Principales Modificaciones Introducidas por la Reforma de 1994

  1. Nuevos Derechos
  • Derechos de Tercera y Cuarta Generación: Se incluyeron derechos relacionados con la protección del medio ambiente y los derechos de los pueblos indígenas, reflejando la evolución de los derechos humanos hacia enfoques más contemporáneos.
  1. Legitimidad y Jerarquía Normativa
  • Jerarquía de los Tratados Internacionales: Se confirió rango constitucional a los instrumentos internacionales de derechos humanos, estableciendo que los tratados tienen una jerarquía superior a las leyes nacionales, según el Artículo 75, inciso 22.
  1. Defensa de la Democracia
  • Normas para la Defensa de la Democracia: Se incorporaron mecanismos de protección de la democracia y la constitucionalidad, fortaleciendo el papel de las instituciones democráticas.
  1. Órganos de Control
  • Consejo de la Magistratura: Se creó el Consejo de la Magistratura para la selección y remoción de jueces, promoviendo la independencia judicial, establecido en el Artículo 114.
  1. Modificaciones Estructurales
  • Composición del Senado: Se modificó la composición del Senado, aumentando la representación de las provincias.
  • Eliminación de la Elección Indirecta del Presidente: Se eliminó la elección indirecta del presidente, estableciendo que el presidente sea elegido directamente por el pueblo.
  1. Cambios en los Mandatos
  • Duración de los Mandatos: Se acortaron los mandatos del presidente y los senadores a cuatro años, permitiendo una reelección, lo que está establecido en el Artículo 90.
  1. Balotaje
  • Incorporación del Balotaje: Se estableció un sistema de balotaje para las elecciones presidenciales, en caso de que ningún candidato obtenga más del 45% de los votos o al menos el 40% con una diferencia de 10 puntos sobre el segundo.
  1. Jefe de Gabinete
  • Creación de la Figura del Jefe de Gabinete: Se introdujo el cargo de Jefe de Gabinete, quien coordina las actividades del gobierno, establecido en el Artículo 100.
  1. Distribución de Impuestos
  • Pautas para la Recaudación de Impuestos: Se establecieron normas para la distribución de la recaudación de impuestos entre el gobierno nacional y las provincias.
  1. Derechos de los Pueblos Originarios
    • Reconocimiento de la Preexistencia de los Pueblos Indígenas: Se reconoció la preexistencia étnica y cultural de los pueblos originarios y sus derechos en el Artículo 75, inciso 17.
  2. Edad Máxima de los Jueces
    • Fijación de la Edad Máxima: Se estableció que la edad máxima para los jueces es de 75 años.
  3. Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires
    • Autonomía: Se otorgó autonomía a la Ciudad de Buenos Aires, permitiéndole tener su propia constitución.
  4. Islas Malvinas
    • Objetivo de Recuperación: Se definió la recuperación de las Islas Malvinas como un «objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino», consolidando así la postura argentina respecto a este tema.

Contexto de la Convención Constituyente

La Convención Constituyente se llevó a cabo en 1994 en las ciudades de Santa Fe y Paraná, donde se juramentaron los principales actores políticos y convencionales el 24 de agosto de ese año en el Palacio San José, Entre Ríos. Este proceso fue crucial para actualizar y modernizar la Constitución, buscando adaptarla a los desafíos contemporáneos y restablecer la confianza en las instituciones democráticas.

La reforma constitucional en Argentina tras la recuperación de la democracia en 1983 es un tema crucial en la historia política del país, reflejando las tensiones entre diferentes sectores y la evolución de la legitimidad democrática. A continuación, te presento un resumen de los principales antecedentes y eventos relacionados con este proceso:

  1. Contexto Post-Dictatorial: Después de la dictadura (1976-1983), había un consenso entre varios partidos políticos sobre la necesidad de reformar la Constitución de 1957, la cual fue aprobada durante la dictadura autodenominada «Revolución Libertadora». Esta reforma buscaba incorporar nuevos derechos humanos y mecanismos de defensa de la democracia.
  2. Iniciativa de Raúl Alfonsín: Durante su presidencia (1983-1989), Alfonsín encargó al Consejo para la Consolidación de la Democracia la elaboración de un proyecto de reforma constitucional, que fue finalizado y publicado en 1986. Este proyecto fue influenciado por las reformas realizadas en diversas provincias, que ya habían empezado a modificar sus constituciones, estableciendo derechos y garantías que luego se incorporarían a la Constitución Nacional en 1994.
  3. Retomada de la Reforma por Carlos Menem: En 1993, el presidente justicialista Carlos Menem volvió a impulsar la idea de reformar la Constitución. La Cámara de Senadores aprobó un proyecto que establecía la necesidad de realizar reformas en temas como el voto directo del presidente, el jurado de enjuiciamiento, el mandato presidencial, el estatus político de la Ciudad de Buenos Aires, entre otros.
  4. Interpretación del Artículo 30: Francisco de Durañona y Vedia, diputado de la UCeDe, propuso un proyecto para aclarar el procedimiento de reforma constitucional, especificando que la mayoría requerida para declarar la necesidad de reforma se refería a los dos tercios de los legisladores presentes, no del total de sus miembros. Esto buscaba resolver la disputa histórica que había surgido en reformas anteriores.
  5. Consulta Popular: Para consolidar el proceso de reforma y presionar a la oposición, Menem sancionó el Decreto 2181/93, convocando a una consulta popular no vinculante para el 21 de noviembre de 1993. Aunque no se realizó, las encuestas indicaban que la mayoría de la población apoyaba la reforma.
  6. Resultados y Consecuencias: La reforma constitucional se llevaría a cabo en 1994, resultando en una serie de cambios significativos en la estructura del Estado argentino, fortaleciendo la democracia y adaptándose a las nuevas realidades políticas y sociales.

Estos antecedentes muestran cómo las dinámicas políticas y los cambios sociales en Argentina llevaron a una transformación crucial en su marco constitucional, permitiendo una mayor inclusión de derechos y un fortalecimiento de la democracia.

El Pacto de Olivos y el Núcleo de Coincidencias Básicas son eventos clave en la historia reciente de la Argentina, que reflejan las dinámicas de poder y la búsqueda de consenso entre los principales partidos políticos. A continuación, se presenta un resumen de estos eventos y su contexto:

Pacto de Olivos

  1. Contexto: En 1993, Carlos Menem decidió iniciar un proceso de reforma constitucional, lo que llevó a Raúl Alfonsín a proponer un acuerdo para asegurar que la reforma no fuera contraria a los intereses de la Unión Cívica Radical (UCR) y el Partido Justicialista (PJ).
  2. Reuniones Secretas: Menem y Alfonsín se reunieron en la casa de Dante Caputo, ex canciller de Alfonsín, para negociar las «coincidencias básicas» que darían lugar al Pacto de Olivos, firmado el 14 de noviembre de 1993. Este pacto fue seguido por el Pacto de la Rosada, firmado el 13 de diciembre del mismo año.
  3. Núcleo de Coincidencias Básicas: Este núcleo contenía acuerdos sobre una serie de reformas que debían votarse en bloque, evitando que los constituyentes de un partido votaran a favor de algunas reformas y en contra de otras. Las reformas incluidas eran:
  • Acortar el período presidencial y permitir la reelección por un solo período.
  • Establecer un sistema de voto directo con balotaje atenuado.
  • Ampliar la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.
  • Crear nuevos órganos constitucionales, como el Consejo de la Magistratura.
  • Implementar una Jefatura de Gabinete responsable ante el Congreso.
  • Regular los decretos de necesidad y urgencia.

Ley 24.309

  1. Presentación del Proyecto: Dos semanas después del Pacto de Olivos, el PJ y la UCR presentaron un proyecto conjunto en la Cámara de Diputados para declarar la necesidad de la reforma constitucional. Este proyecto obtuvo media sanción el 22 de diciembre y fue aprobado en el Senado el 29 de diciembre de 1993.
  2. Controversias: La Ley 24.309 declaraba la necesidad de la reforma y establecía las materias que podían ser reformadas, incluyendo el «Núcleo de Coincidencias Básicas». Sin embargo, no se permitió ninguna modificación a las «cláusulas pétreas» de la Constitución, es decir, a los derechos y garantías fundamentales.
  3. Oposición: A pesar del amplio apoyo de los peronistas y radicales, varios dirigentes, incluidos importantes miembros de la UCR como Fernando de la Rúa, se opusieron a la reforma. La oposición también provenía de otros partidos y sectores políticos, reflejando una desconfianza hacia el proceso y las implicancias del pacto.

Consecuencias y Críticas

  • Críticas a la Oscuridad del Proceso: Años después, figuras como Carlos Rosenkrantz, presidente de la Corte Suprema, criticaron el Pacto de Olivos, calificándolo de «nefasto» y argumentando que afectaba la claridad y legitimidad de la reforma constitucional de 1994.
  • Legado: La reforma constitucional de 1994, aunque estableció importantes cambios, fue también vista como un resultado de negociaciones entre los partidos dominantes que limitaron la participación de otros sectores políticos. La forma en que se llevó a cabo la reforma sigue siendo objeto de análisis crítico y debate en la política argentina.

El Pacto de Olivos y la Ley 24.309 representan un momento crucial en la historia argentina, donde se buscó equilibrar las aspiraciones democráticas con la necesidad de estabilidad política en un contexto de tensión.

Los antecedentes de la reforma constitucional en Argentina tras la recuperación de la democracia son fundamentales para entender las dinámicas políticas y los desafíos que enfrentó el país en los años 80 y 90. A continuación, se presenta un resumen estructurado de los principales eventos y factores que condujeron a este proceso:

Contexto de la Recuperación Democrática

  1. Retorno a la Democracia (1983): Después de años de dictadura militar, Argentina recuperó la democracia en diciembre de 1983, lo que generó un amplio consenso en torno a la necesidad de reformar la Constitución de 1957, considerada ilegítima por haber sido aprobada durante la dictadura autodenominada «Revolución Libertadora».
  2. Proyecto de Alfonsín: El presidente radical Raúl Alfonsín, consciente de la importancia de actualizar el marco constitucional, encomendó la elaboración de un proyecto de reforma al Consejo para la Consolidación de la Democracia, el cual fue finalizado y publicado en 1986. Este proyecto buscaba incorporar nuevas orientaciones en materia de derechos humanos y mecanismos de defensa de la democracia.
  3. Reformas Provinciales: Durante este período, varias provincias también comenzaron a reformar sus propias constituciones, muchas de las cuales incluyeron temas como autonomía municipal, derechos y garantías, y la regulación de los recursos naturales. Estas reformas sentaron las bases para los cambios que se introducirían en la Constitución Nacional en 1994.

Iniciativa de Carlos Menem

  1. Retoma de la Reforma por Menem: A mediados de su mandato, el presidente justicialista Carlos Menem retoma la idea de reformar la Constitución. En 1993, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley que declaraba la necesidad de la reforma constitucional, que incluyó propuestas para cambiar el sistema electoral, el estatus político de la Ciudad de Buenos Aires, y la creación de nuevos órganos constitucionales.
  2. Proyecto de Durañona y Vedia: En paralelo, el diputado Francisco de Durañona y Vedia, de la UCeDe (partido aliado de Menem), presentó un proyecto que reglamentaba el artículo 30 de la Constitución. Este proyecto buscaba aclarar el procedimiento para la reforma, estableciendo que los dos tercios requeridos para declarar la necesidad de reforma se referían a los legisladores presentes, no al total.

Consulta Popular y Divisiones en la Oposición

  1. Consulta Popular No Vinculante: Para consolidar el proceso reformista, Menem sancionó el Decreto 2181/93, convocando a una consulta popular no vinculante. Aunque esta consulta no se llevó a cabo, las encuestas mostraban un amplio apoyo a la reforma entre la ciudadanía.
  2. División en la UCR: La Unión Cívica Radical, principal partido opositor, estaba dividido respecto a la reforma. Mientras que Alfonsín y Fernando de la Rúa se oponían firmemente, algunos gobernadores radicales, como Eduardo Angeloz, Horacio Massaccesi y Carlos Maestro, adoptaron posturas más conciliatorias, lo que reflejaba una fractura interna en el partido.

Conclusiones

Estos antecedentes muestran cómo la combinación de un contexto político cambiante, la presión por parte de distintos actores políticos y la búsqueda de consensos llevaron a un proceso de reforma constitucional en Argentina. Este proceso no solo abordó cuestiones de legitimidad, sino que también estableció nuevas bases para la democracia y la gobernanza en el país.

El Pacto de Olivos fue un acuerdo crucial en la historia política argentina, firmado en 1993 entre Raúl Alfonsín y Carlos Menem, que permitió la reforma de la Constitución Nacional de 1853. Este pacto se originó en un contexto donde ambos líderes buscaban garantizar que la reforma no fuera en contra de las posiciones fundamentales de sus respectivos partidos, la Unión Cívica Radical (UCR) y el Partido Justicialista (PJ).

Contexto y Desarrollo

  1. Origen: Alfonsín había preparado un proyecto de reforma constitucional en 1986, pero fue Menem quien reactivó la idea en la década de los 90. La reforma se justificaba por la necesidad de incorporar nuevos derechos humanos y mecanismos de defensa de la democracia tras el regreso a la democracia en 1983.
  2. Reuniones Secretas: Las negociaciones se llevaron a cabo en la casa del ex canciller Dante Caputo, donde se definieron las «coincidencias básicas» que servirían como fundamento para la reforma.
  3. Contenido del Pacto: El Pacto de Olivos estipuló que ciertas reformas debían ser aprobadas en bloque por ambas cámaras del Congreso, evitando deliberaciones que pudieran fragmentar el apoyo de los partidos. Las reformas incluyeron:
  • Acortamiento del período presidencial con posibilidad de reelección por un solo mandato adicional.
  • Establecimiento de un sistema de voto directo y balotaje atenuado para la elección presidencial.
  • Creación de nuevos órganos constitucionales como el Consejo de la Magistratura.
  • Ampliación de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires.

Ley 24.309

  • Sanción: Dos semanas después del Pacto de Olivos, se presentó un proyecto conjunto en la Cámara de Diputados que logró media sanción el 22 de diciembre de 1993 y fue aprobado definitivamente el 29 de diciembre, bajo la Ley 24.309.
  • Cláusula Cerrojo: La ley incluyó la «cláusula cerrojo», que obligaba a votar las reformas en bloque, limitando la capacidad de negociación individual de los constituyentes.
  • Limitaciones: La ley también establecía que no podían modificarse las cláusulas pétreas relacionadas con los derechos y garantías fundamentales.

Oposición

A pesar de la amplia aprobación de la ley por parte de las principales fuerzas políticas, hubo una notable oposición. Figuras como Fernando de la Rúa y otros líderes radicales se manifestaron en contra, argumentando que la reforma podía debilitar las instituciones democráticas.

Consecuencias

Años más tarde, la reforma de 1994 y el Pacto de Olivos fueron objeto de críticas. El presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, cuestionó la claridad y la legitimidad del proceso, refiriéndose al pacto como «nefasto» y señalando su impacto negativo en el sistema judicial argentino.

El Pacto de Olivos y la reforma constitucional de 1994 son ejemplos de cómo la política argentina ha navegado entre la necesidad de reformas profundas y el respeto a las tradiciones democráticas, lo que sigue siendo un tema de debate y análisis en el país. Si te interesa profundizar en algún aspecto específico de este proceso, no dudes en decírmelo.

Las elecciones de convencionales constituyentes de Argentina de 1994, realizadas el 10 de abril, marcaron un hito en la historia del país al sentar las bases para la reforma de la Constitución Nacional de 1853. El contexto de estas elecciones refleja una transformación significativa en la política argentina, caracterizada por la disminución de la polarización bipartidista entre el Partido Justicialista (PJ) y la Unión Cívica Radical (UCR).

Resultados Electorales

  • Partido Justicialista: Liderado por el presidente Carlos Menem, obtuvo el 38.50% de los votos y ganó la mayoría de los convencionales.
  • Unión Cívica Radical: Con un 19.74% de los votos, quedó en segundo lugar.
  • Nuevas Fuerzas Políticas: Dos nuevos partidos, el Frente Grande (liderado por Carlos Chacho Álvarez) y Modín (dirigido por el militar Aldo Rico), obtuvieron cada uno alrededor del 13% de los votos.

En total, se eligieron 305 convencionales, distribuyéndose de la siguiente manera:

  • PJ: 137 representantes
  • UCR: 74 representantes
  • Frente Grande: 31 representantes
  • Movimiento por la Dignidad y la Independencia: 21 representantes
  • Otros partidos y fuerzas provinciales: 42 representantes

Inauguración de la Convención

Las sesiones de la Asamblea Constituyente comenzaron el 25 de mayo de 1994 en el Teatro Municipal 3 de Febrero de Paraná, Entre Ríos. La convención fue presidida por Eduardo Menem, hermano del presidente, y contó con la participación de figuras que más tarde ocuparían altos cargos en el gobierno argentino, como Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner.

Deliberaciones y Controversias

Las deliberaciones se dividieron en dos partes:

  1. Núcleo de Coincidencias Básicas: Este conjunto de reformas debía votarse en bloque, limitando el debate sobre cada punto individualmente.
  2. Artículos habilitados para discusión libre: Incluyeron temas como la autonomía municipal, la creación de un Defensor del Pueblo y mecanismos de democracia semidirecta.

Durante las deliberaciones, algunos convencionales se opusieron vehementemente al proceso, cuestionando la validez del Pacto de Olivos y la legalidad de las limitaciones impuestas a la discusión.

Contenido de la Reforma

La reforma constitucional de 1994 trajo consigo importantes cambios:

  • Incorporación de derechos internacionales en materia de derechos humanos.
  • Reducción del presidencialismo: Creación de nuevas instituciones como el Consejo de la Magistratura y el Jefe de Gabinete, además de nuevas reglas para los decretos-leyes.
  • Protección de derechos: Se incluyeron derechos ambientales, del consumidor y a la información, así como normas para prevenir golpes de estado.
  • Sistema electoral modificado: Se estableció el voto directo y balotaje para la elección presidencial.
  • Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires y la posibilidad de trasladar la Capital.

Impacto de la Reforma

Las reformas afectaron varios aspectos clave:

  • Nuevos derechos y un capítulo dedicado a ellos.
  • Prioridad de los tratados internacionales sobre la legislación nacional.
  • Creación de nuevos órganos constitucionales.
  • Equilibrio entre el poder central y las provincias, estableciendo un nuevo marco para las relaciones entre el gobierno federal y las provincias.

La reforma de 1994 es vista como un intento de modernizar la Constitución, adaptándola a las demandas sociales y políticas del momento. Sin embargo, también fue objeto de críticas y controversias, reflejando la complejidad del sistema político argentino y los desafíos de la consolidación democrática.

.La reforma constitucional de 1994 en Argentina fue fundamental no solo por la creación de un nuevo capítulo titulado «Nuevos derechos y garantías», sino también por la introducción de un marco más amplio de derechos humanos y la transformación de la jerarquía normativa del país. A continuación se detallan los principales elementos de esta reforma:

Nuevos Derechos y Garantías

  1. Defensa de la Constitución y la Democracia (art. 36):
  • Criminaliza los golpes de Estado, considerando nulos sus actos.
  • Reconoce el «derecho de resistencia» contra gobiernos surgidos de golpes de Estado.
  • Establece la asimilación de delitos de corrupción en perjuicio del Estado.
  1. Derechos Políticos (art. 37):
  • Establece el sufragio como universal, igual, secreto y obligatorio.
  • Ordena la creación de leyes para garantizar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en cargos electivos.
  1. Partidos Políticos (art. 38):
  • Asegura la creación libre de partidos políticos, su organización interna democrática, el sostenimiento económico por el Estado y la transparencia económica.
  1. Iniciativa Legislativa Popular (art. 39):
  • Permite a grupos que representen más del 3% del padrón presentar proyectos de ley, aunque su aplicación ha sido marginal.
  1. Consulta Popular (art. 40):
  • Establece que es vinculante para proyectos de ley, pero no para otras propuestas del Congreso o el Poder Ejecutivo; nunca se ha utilizado.
  1. Derechos Ambientales (art. 41):
  • Impone la obligación de recomponer el daño ambiental y prohíbe la entrada de residuos peligrosos al país.
  1. Derechos de Consumidores y Usuarios (art. 42):
  • Establece derechos como la información adecuada y veraz, la libertad de elección y condiciones de trato equitativo.
  • Obliga al Estado a defender la competencia y controlar monopolios.
  1. Recursos Sumarísimos (art. 43):
  • Crea recursos de amparo, habeas corpus y habeas data para violaciones de derechos constitucionales, incluyendo acciones colectivas.

Derechos de Pueblos Indígenas y Acción Positiva

Fuera de la Primera Parte de la Constitución, se introdujeron derechos adicionales:

  • Pueblos Indígenas (art. 75, inc. 17): Reconoce la preexistencia étnica y cultural, derechos a la educación bilingüe e intercultural, y propiedad comunitaria de tierras.
  • Acción Positiva (art. 75, inc. 23): Ordena al Estado adoptar medidas para garantizar la aplicación de derechos a niños, mujeres, ancianos y personas con discapacidad.

Incorporación de Normas Internacionales de Derechos Humanos

La reforma también introdujo un marco de derechos humanos internacionales en la legislación argentina, estableciendo la jerarquía constitucional de once tratados, que incluyen:

  • Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre
  • Declaración Universal de Derechos Humanos
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Esto fortaleció la protección de derechos en Argentina y otorgó prioridad a los tratados internacionales sobre las leyes nacionales, un cambio significativo en la jerarquía normativa.

Nuevos Órganos Constitucionales

La reforma creó varios órganos estatales para mejorar la transparencia y la responsabilidad:

  • Auditoría General de la Nación: Para funciones consultivas del Congreso.
  • Defensor del Pueblo: Organo independiente.
  • Jefe de Gabinete de Ministros: Responsable ante el Congreso, destinado a atenuar el presidencialismo.
  • Consejo de la Magistratura: Para la selección y administración del Poder Judicial.
  • Ministerio Público: Integrado por el procurador general y el defensor general.

Impacto y Perspectivas

La reforma de 1994 fue un intento significativo de modernizar y democratizar el marco legal de Argentina, adaptándolo a las realidades contemporáneas y los derechos humanos. Sin embargo, el impacto real y la implementación efectiva de estos derechos y órganos han sido objeto de debate y análisis en las décadas posteriores. La falta de aplicación de algunos derechos, como la consulta popular, y los desafíos en la defensa de derechos ambientales y de consumidores, continúan siendo cuestiones críticas en la agenda política argentina.

La reforma constitucional de 1994 en Argentina tuvo como uno de sus objetivos centrales atenuar el sistema presidencialista establecido en la Constitución de 1853. A continuación, se detallan las principales modificaciones en las facultades del Congreso, del Poder Ejecutivo y del sistema electoral, así como los cambios en las facultades de las provincias y el equilibrio fiscal.

Facultades del Congreso

  1. Jerarquía a Tratados de Derechos Humanos (art. 75, inc. 22):
  • El Congreso puede otorgar jerarquía constitucional a tratados de derechos humanos con el voto de las dos terceras partes de los miembros de cada cámara.
  1. Ampliación de Sesiones Ordinarias (art. 63):
  • Las sesiones ordinarias se extienden a nueve meses al año, entre el 1 de marzo y el 30 de noviembre.
  1. Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) (art. 99, inc. 3):
  • Si el presidente emite un DNU, debe enviarlo al Congreso en un plazo de diez días para su revisión por una Comisión Bicameral.
  1. Delegación de Facultades (art. 76):
  • Permite al Congreso delegar facultades en el presidente en situaciones de «emergencia», estableciendo plazos para su ejercicio.
  1. Aprobación de Magistrados de la Corte Suprema (art. 99, inc. 4):
  • Aumenta la mayoría del Senado necesaria para aprobar nombramientos de magistrados de la Corte y ordena que se realice en sesión pública.

Facultades del Poder Ejecutivo

  1. Limitación de Decretos de Necesidad y Urgencia (art. 99, inc. 3):
  • Se aceptan solo en «circunstancias excepcionales que hicieren imposible» el trámite legislativo y se prohíben en materia penal, tributaria, electoral o en el régimen de partidos políticos.
  1. Nombramientos de Jueces (art. 99, inc. 4):
  • Los jueces de tribunales federales inferiores deben ser nombrados de una terna presentada por el Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado.
  1. Intervención en Provincias (art. 99, inc. 20):
  • Se limita la intervención del presidente en provincias, exigiendo la convocatoria simultánea al Congreso.

Sistema Electoral

  1. Sufragio Universal, Igual, Secreto y Obligatorio (art. 37):
  • Se establece el sufragio como un derecho fundamental.
  1. Voto Directo (arts. 54 y 94):
  • Se deroga el sistema indirecto de elección para presidente, vicepresidente y senadores, aumentando el poder de las provincias grandes en las elecciones.
  1. Sistema de Balotaje (arts. 94 a 98):
  • Se establece un balotaje atenuado en caso de que la fórmula más votada no alcance el 45% de los votos o no obtenga una ventaja de diez puntos sobre la segunda.
  1. Aumento en la Representación (art. 54):
  • Se agrega un tercer senador para la lista que salga segunda.
  1. Acortamiento de Mandatos (arts. 56 y 90):
  • Se reduce el mandato de senadores de nueve a seis años y el de presidente y vicepresidente de seis a cuatro años.

Facultades de las Provincias

  1. Tratados Internacionales (art. 124):
  • Se permite a las provincias realizar tratados internacionales.
  1. Creación de Regiones (art. 124):
  • Las provincias pueden crear regiones para colaborar en diversos aspectos.
  1. Propiedad de Recursos Naturales (art. 124):
  • Se reconoce la propiedad originaria de los recursos naturales existentes en el territorio provincial.
  1. Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires (art. 129):
  • Se establece un régimen especial de autonomía para la Ciudad de Buenos Aires.

Equilibrio Fiscal

La reforma constitucional buscó una descentralización del poder para corregir la desigualdad económica y demográfica en el país. Esto se reflejó en el artículo 75, inciso 2, que establece que:

  • La distribución de recursos entre la Nación y las provincias debe ser equitativa y solidaria, priorizando el desarrollo y la igualdad de oportunidades.

Sin embargo, muchos analistas y convencionales cuestionaron que la reforma, en lugar de corregir la centralización del poder, la acentuó, concentrando aún más recursos en Buenos Aires. Se estableció un régimen de coparticipación para la distribución de ingresos entre la Nación y las provincias, pero la falta de sanción de la «ley-convenio» ha mantenido las tensiones fiscales entre las diferentes jurisdicciones.

En resumen, la reforma de 1994 fue un intento de equilibrar el poder entre el Ejecutivo, el Congreso y las provincias, pero la implementación de estos cambios ha enfrentado desafíos significativos que continúan afectando la política argentina. Si necesitas información adicional o más detalles sobre algún aspecto específico, no dudes en preguntar.

La reforma constitucional de 1994 en Argentina fue un proceso significativo que buscó modernizar y democratizar el marco legal del país. A continuación, se resumen los puntos clave de las reformas mencionadas:

Facultades del Congreso

  1. Facultades constituyentes: El Congreso puede otorgar jerarquía constitucional a los tratados de derechos humanos con el voto de dos tercios de cada cámara.
  2. Sesiones ordinarias: Se amplían a nueve meses al año (1 de marzo – 30 de noviembre).
  3. Decretos de necesidad y urgencia (DNU): El presidente debe enviar los DNU al Congreso en un plazo de diez días para su examen.
  4. Delegación de facultades: El Congreso puede delegar facultades en el presidente en casos de emergencia.
  5. Aumento de la mayoría del Senado: Se requiere una mayoría más alta para aprobar los nombramientos de magistrados de la Corte Suprema.

Facultades del Poder Ejecutivo

  1. Aceptación de DNU: Aceptación limitada a circunstancias excepcionales.
  2. Prohibición de DNU en ciertas materias: No se pueden emitir DNU en materia penal, tributaria o electoral.
  3. Limitación para nombrar jueces: El presidente debe presentar una terna del Consejo de la Magistratura para nombrar jueces de tribunales inferiores.
  4. Intervención en provincias: Se requiere convocar al Congreso al intervenir provincias.

Sistema Electoral

  1. Sufragio: Universal, igual, secreto y obligatorio.
  2. Voto directo: Todas las elecciones se realizan por voto directo.
  3. Sistema de balotaje: Se establece un balotaje atenuado para elecciones presidenciales.
  4. Senadores: Se añade un tercer senador a la lista que obtenga el segundo lugar y se acorta su mandato a seis años.
  5. Mandato presidencial: Acortamiento de seis a cuatro años y restricciones para reelecciones.

Facultades de las Provincias

  1. Tratados internacionales: Las provincias pueden celebrar tratados internacionales.
  2. Creación de regiones: Se permite a las provincias crear regiones.
  3. Propiedad de recursos naturales: Las provincias tienen propiedad originaria de los recursos en su territorio.
  4. Autonomía de Buenos Aires: Se establece un régimen de autonomía especial para la Ciudad de Buenos Aires.

Equilibrio Fiscal

  1. Distribución equitativa de recursos: Se establece un criterio de distribución equitativa entre la Nación y las provincias.
  2. Impuestos indirectos: Se convierte en facultad concurrente entre Nación y provincias.
  3. Régimen de coparticipación: Se implementa un sistema único de recaudación que debe definirse en una ley-convenio.

Otras Reformas

  1. Autonomía municipal: Garantizada por cada provincia.
  2. Autonomía universitaria: Principio de autonomía para las universidades.
  3. Gratuidad y equidad de la educación pública: Se establece como un principio.
  4. Límite de edad para jueces: Se establece un límite de 75 años con revisiones cada cinco años.

Cláusulas Transitorias

  1. Soberanía sobre Malvinas: Se ratifica la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas.
  2. Unificación de mandatos: Todos los mandatos inician el 10 de diciembre.
  3. Mandato de Carlos Menem: Se considera el primer período el mandato iniciado en 1989.

Polémica por la Inconstitucionalidad Parcial

  1. Nulidad parcial: Cuestionamientos sobre la constitucionalidad de la reforma, especialmente sobre el límite de edad para jueces.
  2. Núcleo de Coincidencias Básicas: Críticas sobre la aprobación en bloque de ciertos artículos sin posibilidad de modificación.

Estas reformas reflejan un intento por parte de los constituyentes de ajustar la Constitución para abordar problemas estructurales y mejorar la representación política y el federalismo en Argentina.

Fuentes:

  1.  Menem, Eduardo (30 de agosto de 2004). «A diez años de la reforma constitucional»La Nación.
  2.  Benvenuti, José Manuel (1995). «El diseño del poder». Comentarios a la reforma constitucional. Asociación Argentina de Derecho Constitucional@ubicación=Buenos Aires. ISBN 9789879992012.
  3.  Hernández, Antonio M. (2004). «El Federalismo a diez años de la reforma constitucional de 1994»Universidad Nacional de Córdoba. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba. Archivado desde el original el 28 de abril de 2018. Consultado el 28 de abril de 2018.
  4. ↑ Saltar a:a b c Dinatale, Martín (22 de agosto de 2014). «La Constitución de 1994: una reforma que cambió la política»La Nación.
  5.  Bustos Argañarás, Prudencio (24 de diciembre de 2012). «La reforma de 1994 y el federalismo»La Voz. Córdoba.
  6.  Di Santi, Matías; Moyano, Manuela (17 de mayo de 2012). «“La coparticipación era del 50-50, después fue del 60-40 y ahora es 75 para Nación y 25 para las provincias”»Chequeado.
  7.  CSJN, Fallos: 322-1616, «Fayt, Carlos c/ Estado Nación Archivado el 29 de abril de 2018 en Wayback Machine., 19 de agosto de 1999.
  8.  «Cuál es la polémica por el Caso Fayt»Infonews. 11 de junio de 2013.
  9.  Tarricone, Manuel (29 de marzo de 2017). «Qué impacto tiene el fallo de la Corte que pone el límite de 75 años de edad para los jueces»Chequeado.
  10.  Reunión 3ª, Sesión 35. «Copia archivada». Diario de sesiones de la Convención Nacional Constituyente de 1994. Infoleg. 22 de agosto de 1994. Archivado desde el original el 27 de mayo de 2014. Consultado el 30 de mayo de 2007.
  11.  Gil Domínguez, Andrés (10 de febrero de 2017). «De Fayt a Highton de Nolasco: reformas constitucionales y cargos vitalicios»Infobae.
  12. ↑ Saltar a:a b Sabsay, Daniel (1999). «El control de constitucionalidad de la reforma constitucional en un fallo de la Corte Suprema de Justicia argentina»Justicia Constitucional (Buenos Aires) (3). ISSN 1138-4824.

Una opinión sobre “La Constitución de 1994: una reforma que amplió derechos, pero aún deja deudas

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