“El gobernador Claudio Vidal me pidió doblar los esfuerzos para hacer los trámites más cortes, eficientes y transparentes”, aseguró la flamante presidenta de la Caja de Previsión Social (CPS), María Belén Elmiger, durante una entrevista radial que brindó días atrás. A la vez, hizo un repaso de las políticas que se están aplicando desde el organismo.

En primer término la funcionaria reconoció que la CPS tiene muchos problemas, entre ellos, un profundo déficit que demanda millonarias sumas mensuales del erario público para sostener el sistema, y si bien indicó que “hay que sentarse a hablar en serio de esto” aclaró también que cualquier determinación que se tome “no va a ser una decisión unilateral”, ya que cada una de ellas requiere “un trabajo en equipo donde no sólo participa el Estado provincial o la Cámara de Diputados, sino también de los gremios representantes de todos los trabajadores”.

Respecto a integrar a los sindicatos en la discusión afirmó que los activos “son una pieza muy importante” para las decisiones que se toman en el organismo, ya que “son los futuros pasivos”. Por este motivo insistió en que “nosotros no podemos no tener en cuenta a ese sector y por ello pensamos que cualquier debate tiene que darse en un ámbito de discusión ampliado, con la participación de todas las voces y con el aporte de la mayor cantidad de ideas”.

Consultada sobre su diálogo con el Mandatario provincial cuando fue designada para el cargo agregó que “otra cosa que me pidió fue la de agilizar los procesos. Por eso, durante estos primeros días estuvimos organizándonos para abocarnos a darle mayor rapidez a los trámites, algo  que infiere que también hay una necesidad de despapelización de los procedimientos y de digitalización de la documentación, única forma de facilitarle las demandas a nuestros beneficiarios”.

Los alcances de la Resolución 307

Una de las medidas tomadas por el organismo previsional que más controversia causó fue la aprobación de la Resolución 307, sobre todo en lo que respecta al Artículo 2 de la norma donde establece que “los adicionales que no estén acreditados como aportados en la certificación de servicios no serán percibidos en pasividad”.

Los debates sobre las consecuencias que esta normativa puede tener sobre el sector de jubilados llevó a la Cámara de Diputados a citar a las autoridades de la CPS para informar en detalle de qué trata esta legislación, elaborada por el equipo técnico de la Caja de Previsión Social.

El encuentro con los legisladores tuvo lugar ayer y la funcionaria comentó que “me fui muy contenta porque pudimos explicar cuál era la razón de esta Resolución y creo se entendió” y, en ese contexto, recordó que ley previsional santacruceña define en el Artículo 14 que “todo lo que está sujeto a aporte es parte de la remuneración del trabajador”, en tanto, en el Artículo 16 declara que se “habla de las retribuciones, es decir, lo que está en blanco en el sueldo”.

A continuación profundizó que “con todos los ítems o adicionales que están en blanco en el sueldo, cuando la persona se viene a jubilar, desde el área de cómputos le hacemos la determinación del cargo base que tiene todos los rubros que aportó en su carrera laboral”.

Tras recordar que nuestros activos se pueden jubilar tomando en cuenta los últimos 60 meses de labor, o bien, los mejores 120 meses de los años trabajados, insistió en que “cualquiera de esas alternativas determina la fórmula para establecer el haber jubilatorio, cuya construcción parte de los adicionales aportados”. Pero, en este punto, dijo que sucedió que en algún momento “se empezó con una práctica en distintos organismos públicos y distintas municipalidades, relacionada con pasar adicionales que estaban en negro o tenían una especificación especial vinculada con la actividad,  por ejemplo, el ítem  “Refrigerio” que está definido para el trabajador activo”.

Más adelante también calificó de “incoherencia” incorporar al cargo base adicionales que no fueron aportados al cien por ciento y, a modo de ejemplo, expresó “si una persona se recibe de una carrera universitaria y ejerce esa profesión los últimos tres años de su recorrido laboral, le vamos a pagar el proporcional a esos últimos 36 meses, no le vamos a pagar el 100% del adicional del título”.

De esta manera recordó que la movilidad “es un concepto muy importante cuya característica principal es que es automática” y, en ese contexto, mencionó que “muchos adicionales no rebotaban automáticamente en los jubilados y, muchas veces, se otorgaban si había un reclamo mediante. Eso no es movilidad, si la hubiera habido, ese aumento tendría que haber sido automático”.

“La ley previsional –añadió- nos dice que la única forma en la que podemos modificar algo en el cargo base es cuando una persona jubilada suspende su jubilación para volver a la actividad y está en actividad por más de 4 años. Si la persona está, nuevamente, en actividad por cuatro años o más, cuando vuelve a activar su beneficio jubilatorio, nosotros tenemos la obligación de transformar el cargo base teniendo en cuenta esos 48 meses”.

La titular de la cartera previsional resumió lo explicado diciendo que “cuando nosotros empezamos a juntar todos esos datos y comenzamos a leer la norma previsional completa, nos dimos cuenta que estaba mal aplicada y, en mayo de este año, la CPS inició un trabajo donde nos sólo estuvieron los equipos técnicos del organismo sino que también participaron del análisis personal de la COFEPRES (Confederación de Cajas de Previsiones)”.

“Nosotros tenemos que ordenar, hay cosas que están bastante mal, por ejemplo,  hay municipalidades que tienen vigente dos escalas salariales para el personal superior y eso es, totalmente irregular” aclaró, en tanto, insistió en que “son cosas que ya las tenemos detectadas y en las que estamos trabajando”.

Lo que establece el Decreto Provincial N° 608

En cuanto al punto de cualificar los servicios que brinda el Estado a través de la Caja de Previsión Social, Elmiger fue consultada por el Decreto Provincial N° 0608/24 donde el Ejecutivo establece y dispone diferentes medidas en el marco de la Ley Previsional N° 1782, medida que también originó polémica en algunos sectores que no interpretan, acabadamente, de qué trata la normativa.

“La nueva legislación reglamenta una parte de la norma que no está clara” clarificó, en tanto, manifestó que “no dice nada nuevo y yo creo que hay una falsa lectura en cuanto a qué se modifica algo”.

Para despejar dudas detalló “hubieron actores sociales y políticos que dijeron que con este Decreto se terminaban los dos años que tenían los trabajadores de tiempo para acceder a la jubilación y, en realidad, eso no es cierto, ya que el Artículo 136 de la Ley Previsional de la Provincia de Santa Cruz está normado y establecido que hay 24 meses que tiene el trabajador desde que el empleador toma conocimiento de que ese trabajador estaría en condiciones de iniciar el trámite jubilatorio”.

“O sea –recalcó- cuando el empleador toma conocimiento de que un trabajador está en situación de empezar su diligencia para jubilarse, puede intimar al trabajador a que en un plazo de 24 meses inicie el trámite jubilatorio. Transcurrido ese período, si el empleado no inicia su expediente jubilatorio, como organismo previsional podemos empezarlo, hacer todo el trámite de otorgamiento del beneficio y, cuando está en condiciones de presentar la renuncia y el cese, nosotros lo notificábamos antes de cualquier decisión al trabajador”.

La Presidenta del ente relató que este Decreto Provincial viene a poner luz sobre algunas situaciones que se originaban cuando el trabajador cumplía los años requeridos de aportes para jubilarse, entre ellos, “el empleador –acotó- nunca se enteraba si el empleado estaba notificado de que ya estaba listo el expediente para acceder a su beneficio jubilatorio. Ahora, nosotros tenemos que avisar también al empleador que el trabajador ya está en condiciones de presentar la renuncia y el cese para acceder a su derecho jubilatorio”.

“Además –enfatizó- lo que se impone son los 30 días a partir de las notificaciones al empleador y al trabajador para presentar la renuncia y el cese y poder dar curso al beneficio. Esto último es la única cosa que se impone y se trata de un plazo de un mes porque la Ley de Procedimientos Administrativos (1260) nos habla sobre un Estado que debe ser expedito en la resolución de los trámites y las solicitudes de los ciudadanos”.

Más adelante sostuvo que “no podemos demorar un trámite” y, para refrendar esto comentó que cuando se hizo cargo de la Caja de Previsión Social “había más de 500 trámites jubilatorios esperando la renuncia y el cese de los trabajadores, en tanto, los empleadores, cuando nosotros notificamos, no tenían ni idea”.

“Es más –sumó- algunos ni sabían que esas personas eran trabajadores de ellos o que formaban parte de un organismo. Entonces, había mucha falta de información y estamos trabajando para solucionarlo”.

Crear un sistema con la historia laboral del trabajado

A propósito del Decreto Provincial N° 0608/24, la funcionaria destacó que también profundizó otra discusión que se estaba dando en el organismo y que tiene que ver con la creación de un sistema que registre el desarrollo laboral del trabajador, desde que ingresa al sector público santacruceño.

“Por lo que estuve hablando con algunos ministros y encargados de entes, aparentemente, nadie tiene datos y muchos menos datos certeros de los trabajadores a su cargo y por eso estamos pidiendo la colaboración de todos los organismos y de las municipalidades, porque si nos ayudan el proceso va a ser mucho más fácil” expresó.

En cuanto a los beneficios de contar con una historia laboral, resaltó que el trabajador “puede hacer consultas en cualquier momento en la base de datos o en una página de internet, solicitar certificaciones de servicio y verificar datos que si no se modifican con el tiempo retrasa los trámites cuando se quieren activar”.

Devolución del impuesto a las ganancias

En otro momento de la conversación fue consultada por el reintegro del impuesto a las ganancias para los jubilados provinciales, tras los cambios que realizó el gobierno nacional en julio de este año y que la administración de Claudio Vidal decidió reintegrar a través del Decreto Provincial 1005/24, en el marco de una medida que también alcanza al sector activo.

Al respecto explicitó que la devolución de lo descontado y lo que se va a descontar depende de que los interesados “hayan cumplimentado con las condiciones exigidas, es decir, haber completado el Formulario 572, cobrar en bruto 3 millones 200 mil pesos y vivir en Santa Cruz”.

En cuanto al Formulario 572 remarcó que “todos los meses hay que completarlo porque las deducciones van variando” y, al respecto, recalcó que la diligencia “debe hacerse mensualmente del 1° al 10 de cada mes”.

Cabe destacar que estos trámites y consultas pueden realizarse en Río Gallegos, en el Centro de Gestión Previsional, ubicado en la calle Mariano Moreno N° 576, de lunes a viernes, de 08.30 a 13.00 horas.

La relación con los vocales

Por último, la presidenta de la CPS, hizo referencia a la relación que estableció con el cuerpo de vocales de la Institución, cargos importantes en la toma de decisiones que se analizan y que tendrán impacto en el sector pasivo.

“Yo no tengo ningún problema con ninguno” aseguró, al tiempo que narró que hace poco “tuvimos la primera reunión de directorio y fue muy amena. Yo les conté cómo quería trabajar y cuales eran mis ideas y no creo que tengamos mayores inconvenientes”.

“Obviamente vamos a tener diferencias” descartó, aunque también puntualizó que “estoy segura que a pesar de tener criterios distintos siempre vamos a conversar para tratar de llegar a acuerdos y negociaciones que vayan por el bien de los jubilados y de los activos que son nuestros futuros beneficiarios”.

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