
Hasta ahora, el seudo empresario Lázaro Báez pasaba sus días en una «prisión-mansión de lujo», beneficiado con el arresto domiciliario; pero tras la confirmación de las condenas que resolvió la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa denominada Ruta del Dinero K, el fiscal Abel Córdoba pidió que vuelva a una prisión de verdad para purgar el resto de la pena.
Según se supo ayer, el fiscal consideró que el dueño de Austral Construcciones, además de Jorge Chueco y Daniel Pérez Gadín tienen que cumplir sus condenas efectivamente.
De este modo, Lázaro esta a punto de volver a prisión para terminar de pagar los 10 años de prisión por lavado de dinero, delito por el que fue condenado.
«Habiendo quedado firme la condena dictada contra Lázaro Antonio Báez; Jorge Oscar Chueco y Daniel Rodolfo Pérez Gadín, culminado el trámite del cómputo practicado en relación a los nombrados, solicito se ordenen sus capturas y consecuente alojamiento en una unidad del Servicio Penitenciario Federal», dice el escrito de Córdoba que trascendió el martes luego de haber sido presentado en el Tribunal Oral Federal 4.
Hay que recordar que Báez permanece detenido bajo prisión domiciliaria en otra causa de lavado -por la compra del campo «El Entrevero» en Uruguay por la que fue condenado a cuatro años y medio de prisión que no está firme- que forma parte del mismo expediente. Báez recibió la domiciliaria por razones de salud y está en esa condición hasta hoy, en la casa de la localidad de El Calafate. Así, Báez lleva nueve años y dos meses de prisión.
Tras el dictamen de Córdoba, el seudo empresario, además de Chueco y el contador Pérez Gadín – también condenados en la causa de lavado – presentaron recursos para continuar son el beneficio domiciliario.
Por otra parte, quien no volverá a a la carcel es el hijo de Lázaro, Martín Báez que había sido condenado en el juicio oral y que estuvo preso. Sobre este caso, el fiscal consideró: «Habiendo quedado firme la condena dictada contra Martín Antonio Báez, y siendo que oportunamente se le concedió la excarcelación en los términos del art. 317 inc. 5, solicito se convierta la misma en libertad condicional (art. 13 y ccdtes del CP)».