
Informe sobre la entrevista y reflexión final desde el punto de vista psicológico
Dra. Jimena Castiñeira Arce
La entrevista expone un proyecto legislativo que pretende tipificar el bullying como delito y bajar la edad de punibilidad a 12/13 años. Propone medidas punitivas y alternativas para menores agresores (libertad vigilada, prisión domiciliaria, tratamiento psiquiátrico/psicológico), medidas cautelares y de protección para víctimas (perímetros de distancia, suspensión escolar, prohibición de contacto), y sanciones para padres, educadores y personal administrativo (multas e inhabilitación). El proyecto se apoya en instrumentos internacionales (Convención sobre los Derechos del Niño, resolución 40/33 de la ONU, fallos de la Corte Interamericana) y busca evitar que la condición de “víctima previa” del agresor exonere de responsabilidad.
Síntesis de contenidos y medidas propuestas
• Delito de bullying: reconocimiento penal de las conductas de acoso escolar.
• Edad de punibilidad: fijada en 12/13 años.
• Medidas para menores: opciones diversas que incluyen libertad vigilada, prisión domiciliaria y programas terapéuticos.
• Medidas cautelares/protectoras: órdenes de restricción, suspensión escolar, prohibición de contacto directo e indirecto.
• Responsabilidad de adultos: sanciones económicas y administrativas para padres, docentes y personal que no actúen adecuadamente.
• Enfoque: combinación de sanción, medidas de protección y tratamiento.
Análisis psicológico y consideraciones clave
1. Desarrollo y responsabilidad penal
• El cerebro adolescente continúa en desarrollo, especialmente en áreas relacionadas con autocontrol, empatía y toma de decisiones. Esto implica que la capacidad de juicio y de control conductual es distinta a la adulta.
• Bajar la edad de punibilidad conlleva dilemas éticos y prácticos: es posible que muchos agresores de 12/13 años respondan mejor a intervenciones educativas y terapéuticas que a procedimientos punitivos estrictos. La ley debe diferenciar entre conducta delictiva intencional y conductas derivadas de inmadurez, trastornos conductuales u entornos adversos.
1. Impacto en la víctima
• El bullying produce consecuencias psicológicas claras: ansiedad, depresión, trastorno por estrés, baja autoestima, dificultades académicas y riesgo de suicidio en casos graves. Las medidas de protección inmediatas y el acceso a apoyo psicológico especializado son prioritarios.
• La penalización y las medidas cautelares pueden proporcionar sensación de seguridad, pero por sí solas no garantizan recuperación: se necesita intervención terapéutica, acompañamiento escolar y restauración del ambiente seguro.
1. Perfil del agresor y enfoque terapéutico
• Muchos agresores han sido víctimas, presentan dificultades socioemocionales, trastornos de conducta o contextos familiares problemáticos. Por eso, además de responsabilidad, es fundamental la evaluación clínica y programas de rehabilitación: terapia cognitivo-conductual, programas de habilidades sociales, entrenamiento en empatía y resolución de conflictos.
• Programas basados en evidencia (p. ej. enfoques escolares integrales, intervenciones familiares, programas como KiVa u Olweus adaptados localmente) han mostrado reducción de bullying cuando son implementados sistemáticamente.
1. Rol de la escuela y la familia
• Sancionar a docentes y padres puede incentivar la responsabilidad institucional, pero también puede generar temor, condena automática y abandono de funciones si no se establecen protocolos claros, formación y recursos. Es necesario combinar sanción con capacitación, supervisión y apoyo institucional.
• La prevención requiere políticas escolares claras, protocolos de denuncia, formación continua para docentes y programas de convivencia escolar.
Riesgos potenciales de la criminalización
• Estigmatización y etiquetado del menor agresor con consecuencias a largo plazo (estigmas legales, académicos y sociales).
• Uso excesivo del sistema penal para conductas que podrían resolverse en clave educativa o terapéutica.
• Posible incremento de conflictos familiares y escolarización alternativa sin acompañamiento, lo cual puede empeorar el riesgo de recurrencia.
Recomendaciones operativas para un diseño equilibrado
• Mantener un enfoque rehabilitador prioritario para menores: medidas privativas de libertad solo cuando otras alternativas sean insuficientes o exista peligro real para la víctima.
• Establecer evaluaciones multidisciplinarias obligatorias (psicológica, psiquiátrica, social) antes de aplicar sanciones penales o privativas.
• Implementar medidas de protección inmediatas y apoyo psicológico para la víctima (asesoría, terapia, adaptaciones escolares).
• Incluir programas de justicia restaurativa y mediación en los casos apropiados para reparar daño y promover responsabilización activa del agresor.
• Formación obligatoria y recursos para docentes y personal: detección precoz, manejo de crisis, protocolos de actuación.
• Protocolos claros de denuncia y seguimiento con garantía de confidencialidad y prevención de represalias.
• Evitar sanciones automáticas a padres/educadores sin investigación y provisión de medidas formativas y de acompañamiento.
• Monitorizar y evaluar resultados: indicadores de reducción de incidentes, recuperación de víctimas, reinserción de agresores y satisfacción de la comunidad escolar.
Reflexión final desde el lado psicológico
Proteger al niño víctima debe ser prioridad absoluta. El reconocimiento del bullying como conducta grave y con consecuencias psíquicas y sociales es necesario y urgente. Sin embargo, la respuesta no puede limitarse a la mera punición: para ser eficaz y justa debe combinar medidas de protección, reparación del daño y programas de rehabilitación centrados en el desarrollo neuropsicológico y psicosocial del menor.
La criminalización amplia y sin garantías corre el riesgo de agravar la exclusión social y de impedir la rehabilitación, especialmente en adolescentes cuya conducta puede estar marcada por fallas en el entorno, impulsividad típica del desarrollo o problemas de salud mental. Una política pública eficaz integrará prevención universal (clima escolar, habilidades socioemocionales), intervenciones tempranas individualizadas, sanciones proporcionales y tratamientos obligatorios cuando proceda, y recursos sostenidos para la escuela y la familia.
Conclusión
El proyecto tiene aciertos importantes al visibilizar la gravedad del bullying y buscar mecanismos de protección y responsabilidad. Para maximizar su efecto y minimizar daños colaterales, es imprescindible que la ley y su implementación prioricen la evaluación multidisciplinaria, la rehabilitación, las medidas restaurativas y la prevención escolar, junto con salvaguardas que eviten la estigmatización y la criminalización injusta de menores.