“¿Qué diría Jesucristo de la teoría justicialista peronista? ¿Cómo se compara el cristianismo con el justicialismo?” Esta reflexión combina elementos teológicos, históricos y politológicos y procura ser crítica y equilibrada, sin reducir a Jesucristo a un ideólogo político ni convertir al peronismo en una religión monolítica.


La pregunta por lo que “diría Jesucristo” acerca de una ideología política concreta —en este caso la teoría justicialista del peronismo argentino— abre dos campos de reflexión: por un lado, la caracterización precisa del justicialismo como fenómeno político, social y simbólico; por otro, la interpretación de un mensaje religioso que, por su naturaleza, aborda la vida humana desde el plano moral, existencial y escatológico, más allá de agendas políticas concretas. El ejercicio no busca instrumentalizar a Jesús como aval democrático o autoritario, sino comparar principios, criterios y prácticas para evaluar consonancias, tensiones y desafíos éticos.

I. Breve caracterización del justicialismo (peronismo)
El justicialismo nace en Argentina en torno a la figura de Juan Domingo Perón (mediados del siglo XX) y se articula en torno a tres banderas clásicas: justicia social, independencia económica y soberanía política. Ideológicamente es híbrido: combina nacionalismo, populismo, corporativismo social, intervencionismo estatal en la economía, fuerte presencia del movimiento obrero, y una marcada centralidad de la figura del líder. Sus rasgos distintivos incluyen:

•   Prioridad de la justicia social y la redistribución: políticas de protección laboral, aumentos salariales, seguridad social ampliada y protagonismo del Estado en el bienestar.
•   Corporativismo y mediación del Estado entre clases: el Estado organiza canales de representación social, a menudo fortaleciendo sindicatos y mecanismos clientelares.
•   Populismo y liderazgo carismático: apelación directa al “pueblo” frente a “oligarquías” o élites, construcción de identidades colectivas y rituales de lealtad.
•   Ambivalencia institucional: simultánea apelación a la legalidad y uso pragmático de la autoridad; tendencia a personalizar el poder y a tolerancia variable frente a disidencias.
•   Relación ambivalente con la Iglesia: en diferentes momentos hubo acercamientos, adhesión de sectores católicos y también tensiones con la jerarquía eclesiástica, especialmente cuando políticas estatales chocaron con intereses de la Iglesia o con la autonomía religiosa.

El justicialismo no es una doctrina monolítica; tiene corrientes más conservadoras, otras más progresistas, y a menudo se define por prácticas y repertorios simbólicos más que por un cuerpo filosófico sistemático.

II. Principios cristianos relevantes para la comparación
Para comparar con el cristianismo conviene resumir algunos ejes centrales de la enseñanza bíblica y de la tradición cristiana (especialmente en su articulación social: doctrina social de la Iglesia, textos evangélicos, enseñanza pastoral):

•   Dignidad humana: todo ser humano creado a imagen de Dios posee dignidad inviolable.
•   Preferencia por los pobres: el mensaje de Jesús enfatiza el cuidado de los excluidos, la atención al pobre y la denuncia de la opresión.
•   Justicia y misericordia: la justicia exige restauración de relaciones y trato justo; la misericordia añade la compasión activa.
•   Subsidiariedad y comunidad: tradiciones cristianas han valorado tanto la acción estatal para proteger a los vulnerables como el papel de la familia, la comunidad y la iniciativa privada, subrayando la subsidiariedad.
•   Crítica al poder y la idolatría: Jesús denunció la acumulación de poder que oprime y la sacralización de estructuras humanas; el seguimiento cristiano requiere discernimiento frente a las formas de adoración a lo humano.
•   Libertad y conversión: la libertad verdadera abre a la conversión moral; la fe no puede imponerse por coacción.

III. Puntos de convergencia entre justicialismo y cristianismo
En varios aspectos el justicialismo entra en resonancia con preocupaciones cristianas, lo que explica parte de la adhesión católica popular al movimiento en distintos momentos:

•   Énfasis en la justicia social: tanto la prédica de Jesús como la doctrina social de la Iglesia sostienen la prioridad de los pobres y la justicia distributiva. Las políticas de bienestar, reconocimiento de derechos laborales y ampliación de acceso a servicios que el justicialismo impulsó encuentran paralelo en la preocupación cristiana por los marginados.
•   Centralidad del trabajo y derechos de los trabajadores: la valoración del trabajo humano y la defensa de los derechos laborales son coherentes con la tradición social cristiana (Rerum Novarum, Quadragesimo Anno), y el peronismo articuló fuertemente su base con el movimiento obrero.
•   Sentido comunitario y solidaridad: la apelación a la comunidad nacional y la solidaridad entre clases se asemejan al llamado cristiano a una fraternidad que trasciende intereses particulares.
•   Uso de símbolos religiosos: la legitimación mediante símbolos religiosos —si bien problemática— conecta con una cultura donde la religión ocupa un lugar público y conforma imaginarios y prácticas sociales.

IV. Tensiones y puntos de crítica desde la fe cristiana
También hay diferencias y motivos de crítica por parte de teología y ética cristianas:

•   Personalismo autoritario y culto al líder: la centralidad carismática de Perón y la sacralización del líder como mediador pueden aproximarse a una forma de “religión política” que contraviene la noción cristiana de que solo Dios es digno de adoración. Jesús llamó a la humildad y rechazó la búsqueda del poder como fin en sí mismo.
•   Instrumentalización de la religión: cuando la identidad religiosa se emplea para consolidar poder estatal o para excluir, la fe corre el riesgo de ser reducida a un instrumento político, lo que Jesús y la tradición profética denunciarían como prostitución de la religión.
•   Violencia, represión y falta de libertad: episodios históricos vinculados a la represión de opositores, la limitación de prensa o la cooptación de instituciones plantean serias objeciones éticas desde la enseñanza cristiana sobre la dignidad y la libertad humana.
•   Clientelismo y dependencia: prácticas clientelares que crean dependencia y erosionan la autonomía de las comunidades y de los sujetos pobres son problemáticas para una ética que busca el empoderamiento humano y la capacidad de participación plena en la vida social.
•   Ambigüedad respecto a virtudes cívicas: la democracia cristiana requiere deliberación, pluralismo y respeto por la disidencia; formas populistas que concentran poder y polarizan la sociedad pueden socavar los vínculos sociales necesarios para la fraternidad evangélica.

V. ¿Qué podría decir Jesús sobre la “teoría justicialista”? (hipótesis reflexiva)
Suponiendo que Jesús expresara juicios en términos morales y proféticos, es plausible suponer varias líneas de comentario:

Afirmación y elogio

•   Aplaudiría la atención a los pobres y la creación de mecanismos que aseguren pan, techo y trabajo a los marginados. La preferencia por los pobres es un leitmotiv evangélico; toda política que sanee la exclusión y promueva justicia material y dignidad merecería reconocimiento.
•   Valorearía la solidaridad concreta y la dignificación del trabajo, así como la creación de espacios donde los trabajadores y sectores populares sean sujetos políticos y sociales, no meros objetos de mercado.

Crítica y llamados a conversión

•   Reprobaría el uso del poder para dominar, el culto al líder y la negación de la libertad y la autonomía crítica. Jesús denuncia toda forma de opresión y cualquier sustitución de la autoridad divina por la humana idolatrada.
•   Criticaría la instrumentalización de la religión: cuando la fe se convierte en vehículo de legitimación política sin transformación ética, Jesús llamaría a arrepentimiento.
•   Llamaría a superar el clientelismo mediante estructuras que empoderen a las comunidades, fomentando la participación horizontal y la responsabilidad mutua.
•   Requeriría coherencia moral: las políticas deben estar acompañadas por la promoción de la justicia en las relaciones interpersonales, la verdad pública y la transparencia en el ejercicio del poder. La ética cristiana exige que las formas y medios sean compatibles con el fin.

VI. Comparación estructural: cristianismo vs justicialismo
Analizando estructuras, se pueden detectar diferencias de principio:

•   Horizonte último: el cristianismo orienta la política hacia un horizonte trascendente (el Reino de Dios), lo que impone límites teleológicos a cualquier proyecto político. El justicialismo, por su parte, es un proyecto político-nacional que busca la justicia social en el marco de la nación-territorio; su horizonte es temporal y político.
•   Papel del Estado: muchas corrientes del cristianismo reconocen un papel importante al Estado para proteger al débil, pero también subrayan la importancia de la sociedad civil, la familia y la subsidiariedad. El justicialismo suele privilegiar la intervención estatal como herramienta central de transformación social.
•   Pluralismo y libertad de conciencia: el cristianismo reivindica la libertad religiosa y la libertad de conciencia; un justicialismo que recurra a la cooptación de instituciones religiosas o a la imposición ideológica entrarían en contradicción con ese principio. No obstante, en la práctica, algunos periodos del peronismo han respetado y en otros han tensado la pluralidad.
•   Identidad simbólica: el cristianismo funda identidades en la fe y la comunidad religiosa; el justicialismo construye identidades políticas populares con rituales, símbolos y mitos que pueden funcionar de manera similar a una religión política.

VII. Lecciones prácticas para cristianos que dialogan con el peronismo

•   Discernimiento crítico: adoptar las políticas que promuevan la dignidad, el trabajo y la justicia social sin validar prácticas autoritarias o clientelares. El compromiso social exige autonomía moral frente a toda instrumentalización.
•   Priorizar estructuras de empoderamiento: apoyar medidas que no sólo distribuyan recursos, sino que fortalezcan ciudadanía, educación, autonomía económica y participación democrática.
•   Preservar la independencia ética de la Iglesia: la comunidad cristiana debe mantener su voz crítica cuando el poder político viole la justicia, la libertad o la verdad; al mismo tiempo, no debe renunciar a colaborar en proyectos comunes por el bien de los pobres.
•   Practicar la profecía y la caridad: la Iglesia y los creyentes pueden ser mediadores de reconciliación y agentes de servicio, denunciando las injusticias y promoviendo políticas que respeten a la persona.

VIII. Riesgos de simplificación y conclusiones prudentes
Es importante evitar reduccionismos: ni todo el peronismo es lo mismo en todas las épocas, ni toda praxis cristiana está alineada a un único proyecto político. La comparación debe ser histórica y concreta: evaluar políticas específicas, prácticas y discursos en lugar de hacer juicios teóricos abstractos. Asimismo, afirmar que Jesús “apoyaría” o “rechazaría” por completo una ideología política moderna es una simplificación; su mensaje hace llamamientos que pueden legitimar o criticar aspectos diversos de cualquier proyecto humano.


Si se coloca la pregunta en clave normativa y pastoral, es probable que Jesús reconociera y al mismo tiempo criticara la teoría justicialista según su concreción histórica. Reconocería con agrado las políticas orientadas a dignificar al pobre y al trabajador, pero censuraría cualquier forma de opresión, culto al líder, instrumentalización de la religión o erosión de la libertad humana. El cristianismo comparte con el justicialismo una profunda preocupación por la justicia social, pero difiere en el fundamento último, en la visión de la libertad y en el peligro de sacralizar lo meramente humano. Para los creyentes, el desafío es promover una política que sea eficaz en la redistribución y al mismo tiempo fiel a la exigencia ética de respeto irrestricto de la persona, la verdad y la libertad, enseñanzas que Jesús proclamó con radicalidad y que siguen desafiando a todos los proyectos políticos, incluidos los que se dicen justicieros.

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