Caleta Olivia
Desde julio los recibos de sueldos de los docentes de escuelas de gestión privada de Santa Cruz, contendrán el CUIT del establecimiento que lo emite, el período y cargo por el cual se abona, los datos filiatorios del trabajador y deberán ser firmados por los propietarios y/o representantes legales.
Durante este mes los nuevos recibos fueron confeccionados por el Consejo Provincial de Educación (CPE) en base a los requisitos que fija la Ley Nacional de Contrato de Trabajo, que regula la relación laboral de los docentes privados con los propietarios o representantes legales de las escuelas de gestión privada, debido a que ellos son los empleadores y no el Estado provincial.
La regularización demandó una serie de gestiones por parte de los representantes de la Seccional Santa Cruz del Sindicato Argentino de Docentes Privados (SADOP), ante el CPE y diferentes organismos estatales, en aras de lograr el cumplimiento de las leyes laborales.
Alcances
Según el gremio, adoptada esta nueva modalidad, quedan claras las condiciones legales de la labor de los docentes privados y se inicia una nueva etapa donde se procurará que los propietarios o representantes legales incorporen a dichos recibos los descuentos correspondiente a la cuota sindical que debe aportar cada trabajador afiliado a SADOP. Esto, teniendo en cuenta que el artículo 38° de la Ley N° 23.551 que obliga a los empleadores a actuar como agentes de retención de las cuotas o aportes que deban tributar sus dependientes a la asociación de trabajadores con personería gremial, como es el caso de SADOP, que cuenta con la Personería Gremial N° 90.
Legislación
De esta forma, “se estará cumpliendo con la legislación vigente que permite a los trabajadores afiliarse, no afiliarse o desafiliarse del Sindicato que le pertenece por la labor que ejecuta, derecho que no puede ser conculcado por los empleadores, y que tienen la obligación de reconocer y respetar”, informaron desde el gremio.
Cabe recordar que el CPE tiene a su cargo, como parte de la subvención mensual que reciben solo algunas escuelas de gestión privada, la confección de los recibos de haberes de los docentes, pero el mismo no cumplía con los requisitos formales que exige la Ley de Contrato de Trabajo, Ley 20.744. Desde ese mes dichos recibos contendrán el CUIT del establecimiento que lo emite, el período y cargo por el cual se abona, los datos filiatorios del trabajador y deberán ser firmados por los propietarios y/o representantes legales.