Al menos cinco propiedades que la Justicia había embargado en el marco de la causa en la que se investiga al ex secretario de Néstor Kichner, Daniel Muñoz (ambos fallecido) y su entorno, serían restituidazas a la familia y a la viuda, Carolina Pochetti, tras un fallo de la Cámara Federal que trascendió ayer.
La medida se suma a otras tantas “marchas atrás” de la Justicia en las casas de corrupción, que comenzaron a revertirse tras el retorno del Kichnerismo al poder.
Concretamente, en este caso la Cámara Federal decidió revocar los decomisos de propiedades que habían sido embargadas en el marco de la causa que investiga maniobras de lavado de dinero relacionadas con el entorno de Muñoz, quien se señaló como el receptor de los billetes que eran enviados al matrimonio Kirchner,
En cuanto a las propiedades, el portal de noticias Infobae confirmó: una casa en Los Lagos, Rincón de Lynch, Villa la Angostura y otras dos en Lacar, San Martín de Los Andes. A la lista se suma un inmueble en Vicente López, otro en la calle Belgrano al 2200, en el barrio de Monserrat y una casona de lujo en la calle Alberto Williams, donde vivía la familia de Daniel Muñoz.
Revocatoria
Ayer se conoció que los magistrados Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, de la Sala I del tribunal que revisa las decisiones del juez Claudio Bonadio, analizaron las apelaciones de Carlos Temístocles Cortez, señalado como testaferro; Luis Antonio Gugino, arquitecto involucrado en la causa; y Carolina Pochetti, viuda de Muñoz, que se arrepintió en el expediente. También Ernesto Antonio Candotti, en representación de la firma Armoring Systems S.A.
Bonadio había decretado la inhibición general de bienes y el embargo de las propiedades involucradas en la resolución cuestionada. También puso un interventor judicial en algunas de las sociedades propietarias de los inmuebles, con el fin de “evitar la consolidación del provecho del delito y a asegurar el eventual decomiso y otras posibles responsabilidades patrimoniales”.
Antes de la feria, Bonadio rechazó la mayoría de las apelaciones y solo le concedió el recurso a Alejandrina Pochetti, la hermana de la viuda de Muñoz, y a uno de los testaferros, Carlos Temístocles Cortez. En esos casos, la definición quedó en manos de la Cámara Federal.
Argumentos
En cuanto a la medida, la Cámara argumentó: “no es posible disponer el decomiso definitivo de los inmuebles -sostuvieron las defensas-. Más allá de la imputación que sobre ellos pesa, a diferencia de otros casos, sus representados no reconocieron que aquellos hayan sido adquiridos con bienes de origen delictivo, agregando que las afirmaciones de ciertos imputados en ese sentido serán rebatidas oportunamente en juicio”.
La Sala I entendió que no había arbitrariedad en las decisiones de Bonadio. Sin embargo, los jueces afirmaron que “teniendo en cuenta el estado procesal de las actuaciones, las cuales ya han sido elevadas a juicio, resulta prudente que las cuestiones alegadas por las defensas -vinculadas, fundamentalmente, con el alcance que corresponde otorgar a los dichos de sus asistidos- sean dilucidadas en el marco del debate, cuya realización es inminente. “
Pochetti fue una de las arrepentidas en el proceso. Sin embargo, su defensa hizo hincapié en que “en ningún momento su defendida declaró haber participado en el hecho que se le imputa ni reconoció la procedencia y uso ilícito de sus bienes”.
En rigor, aseguraron que el artículo 305 del Código Penal es excepcional y sólo resulta de aplicación cuando hay un “reconocimiento expreso del encausado acerca de la procedencia ilícita del bien o fallecimiento del imputado, fuga, prescripción y otros supuestos de extinción de la acción penal”. Y porque además el decomiso solo es posible “una sentencia definitiva”.