cristina laaaro maximo

“Vínculos promiscuos y corruptos” y “lazos que fueron determinantes para la concreción de una defraudación”; así describió la Justicia a las relaciones entre el matrimonio Kirchner, con el “pseudo” empresario Lázaro Báez y funcionarios del gobierno, que derivaron en el mayor robo de fondos del Estado, en el contexto de los contratos de obras publica en nuestra provincia.
Estas definiciones se conocieron finalmente el jueves 9 de marzo cuando los jueces del Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, hicieron público los fundamentos del fallo contra Cristina Fernández de Kirchner, en el cual fue condenada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos a la vicepresidenta Cristina Kirchner.
Se dispuso además el decomiso de 84 mil millones de pesos por lo que entendieron era el producto del delito.
En tanto, otros cuatro acusados fueron absueltos, entre ellos el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, el ex subsecretario de Obras Públicas Abel Fatala, el ex funcionario de Planificación Federal y primo del ex presidente Néstor Kirchner, Carlos Kirchner, y el ex funcionario de Santa Cruz Héctor Garro.
En 1.616 páginas – que incluyeron un índice de 12 páginas por el volúmen del escrito – el Tribunal expuso los “considerando” y a la parte resolutiva de la sentencia, en la cual se confirmó la condena, con la salvedad que el juez Andrés Basso fue el único integrante que sostuvo que Cristina Fernández de Kirchner, José López, Nelson Periotti y Lázaro Báez formaron una asociación ilícita para apropiarse de fondos del Estado destinados a la obra pública.

Plan criminal

Según se desprende del fallo, los jueces entendieron que esta “banda” cometió el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración en la entrega de 52 obras públicas para la provincia a las empresas de Lázaro.
“Nos hemos encontrado ante un hecho inédito en la historia del país, pues se ha acreditado que ciertas decisiones trascendentales respecto de la marcha empresarial del grupo fueron adoptadas siguiéndose órdenes expresas de los más altos integrantes del Poder Ejecutivo Nacional. También quedó suficientemente probado que la estrategia delineada entre funcionarios y empresarios se aseguró mediante el dictado de actos administrativos de las agencias referidas, siempre operando bajo una apariencia de legalidad”, dijeron los magistrados.

“Ha sido dirimente, en esa lógica, la comprobación de un interés manifiesto sobre el plan criminal de la por entonces Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado a través de su participación en los beneficios económicos producto del delito obtenidos por intermedio de múltiples vínculos contractuales y comerciales con Lázaro Antonio Báez en forma concomitante a la ejecución de esta maniobra”, explicaron.
Cabe apuntar que se desprende del fallo que los motivos centrales de la condena a la Vicepresidente fueron los negocios que tenía Báez y los mensajes encontrados en el celular de López, lo que la Fiscalía llamó el “plan limpiar todo”.

Acciones de corrupción

Ahora, nadie podrá hacerse el distraído o incluso desmentir los hechos: nuestra provincia ha sido el escenario del mayor saqueo de fondos públicos en la historia de nuestro país. Es decir que todo lo que nos falta para tener una calidad de vida digna fue a parar a los bolsillos de la familia Kirchner, sus empleados y socios en esta “maniobra” que ahora la Justicia confirma.
Sobre el fallo es importante mencionar además que el Tribunal se encargó de demoler el famoso argumento de lawfare («guerra jurídica o guerra judicial» en inglés) que intentaron e intentan esgrimir los defensores de lo indefendible. Es decir, aquellos de manera necia y cómplice, buscan encontrar una argucia para liberar de culpas a Cristina; a quien la historia y la Justicia ya juzgó como corrupta.
Esta mentira del “lawfare” de Cristina Kirchner, fue calificado como “Teorías conspirativas y clichés” por parte del Tribunal que sostuvo: “Ahora parece más sofisticado hablar de lawfare (como si las cosas al ser descriptas en inglés tuvieran más valor) para definir algo que en la realidad aparece sólo como una nueva teoría conspirativa – tan antigua como el propio Estado de Derecho”.
Clarísima definición de los Jueces para echar por tierra la bobería de una supuesta persecución judicial, cuando en realidad lo que ocurrió es que se comenzó a “hacer justicia” por el escandaloso robo sufrido por los santacruceños.

El “Caballo de Troya”

En este contexto, los jueces apelaron a metáfora del Caballo de Troya para describir la maniobra usada primero por el fallecido mandatario Néstor Kirchner y luego por su viuda en el “poder” del gobierno nacional, beneficiando a su amigo-empleado Lázaro Báez.

Explicar que la entonces Presidente dictó resoluciones para beneficiar a Lázaro Báez que en rigor ocultaban un provecho personal.
Fue en ese contexto que el Tribunal Oral Federal 2 usó la histórica figura del caballo de Troya para graficar lo que Cristina Kirchner hizo durante sus dos mandatos presidenciales con la obra pública en Santa Cruz: dictó una serie de resoluciones para beneficiar a las empresas de Lázaro Báez que escondían como finalidad que parte de esos fondos sean destinados a negocios de la familia en las compañías “Los Sauces” y “Hotesur”, explica el fallo con relación al vinculo comercial espurio.
“Tras haber examinado los hechos en toda su extensión -´la película completa´, apelando a la metáfora-, la política pública que su gobierno pregonaba presagiando un beneficio sin precedentes para la extensa provincia patagónica, en verdad escondía, cual caballo de Troya, al presupuesto indispensable para el desarrollo exitoso de la empresa criminal y sus múltiples aristas”, dijeron los magistrados Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andres Basso en los fundamentos.

No es víctima, es culpable

De este modo finalizó la instancia iniciada el pasado 6 de diciembre, cuando en la última jornada de juicio oral, el tribunal condenó a la Vicepresidenta y a otras ocho personas, entre ellas Báez, el ex secretario de Obras Públicas José López, el ex titular de la Dirección Nacional de Vialidad Nelson Periotti y a cinco ex funcionarios de Santa Cruz a penas de entre seis y tres años de prisión.
Ahora los argumentos se enviaron a las partes por el sistema judicial Lex-100 y no está previsto que se realice una audiencia especial, indicaron fuentes judiciales.
A partir de este momento, y en los próximos 10 días hábiles los abogados están en condiciones de apelar las condenas y las absoluciones para que sean revisadas por la Cámara Federal de Casación Penal.
Todo indica que Cristina apelará y hoy viernes se espera que durante una visita a Río Negro hable sobre el tema con los mismos remanidos argumentos con los cuales intenta presentarse como una “víctima”; cuando lo que quedó en claro con el fallo, es que encabezó la “banda” que despojó a los santacruceños de un futuro más digno que el presente.

 

 

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Los argumentos de la condena: para los jueces, CFK creó “un caballo de troya” para esconder la corrupción con la obra pública
El Tribunal Oral apeló a la histórica figura utilizada en la guerra de Troya para explicar que la entonces Presidenta dictó resoluciones para beneficiar a Lázaro Báez que en rigor ocultaban un provecho personal. Los negocios con el empresario y el “plan limpiar todo”, las claves de los fundamentos
Los jueces del Tribunal Oral Federal 2 usaron la histórica figura del caballo de Troya para graficar lo que la vicepresidenta de la Nación Cristina Kirchner hizo durante sus dos mandatos presidenciales con la obra pública en Santa Cruz: dictó una serie de resoluciones para beneficiar a las empresas de Lázaro Báez que escondían como finalidad que parte de esos fondos sean destinados a negocios de la familia en las compañías “Los Sauces” y “Hotesur”

“Tras haber examinado los hechos en toda su extensión -´la película completa´, apelando a la metáfora-, la política pública que su gobierno pregonaba presagiando un beneficio sin precedentes para la extensa provincia patagónica, en verdad escondía, cual caballo de Troya, al presupuesto indispensable para el desarrollo exitoso de la empresa criminal y sus múltiples aristas”, dijeron los magistrados Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andres Basso en los fundamentos de 1.616 páginas sobre la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicas que en diciembre pasado dictaron contra Cristina Kirchner y otros acusados.

“La comprobación de un interés personal sobre el plan criminal de parte de Cristina Fernández de Kirchner, evidenciado materialmente en la participación de la nombrada en el producto del delito a través de múltiples operaciones comerciales con el empresario detrás de las sociedades ilegalmente beneficiadas fue dirimente”, agregaron.

El tribunal explicó en sus fundamentos que el punto de partida de la maniobra ilegal que realizó Cristina Kirchner comenzó con el dictado del decreto 54/2009 que fue firmado a instancia del entonces secretario de Obras Públicas, José López, también condenado en el caso.

Se trató de una medida para que los fondos del fideicomiso de la obra pública quedarán a disposición de la Dirección Nacional de Vialidad, a cargo de Nelson Periotti -también condenado- para el pago de los certificados de obra. Los jueces hablaron de “licitaciones fraudulentas, justo a favor de las empresas pertenecientes a Lázaro Báez”. Para el tribunal además el decreto “brindaría una opacidad ciertamente necesaria al accionar de Nelson Periotti en relación al pago de las obras, y habilitaría posteriormente la instauración de un nuevo beneficio en favor de las firmas controladas por Lázaro Antonio Báez”.

“Así las cosas, nos encontramos en condiciones de afirmar que, a resultas de este juicio oral, ha quedado al descubierto que la oportunidad cuya conveniencia se estimó precisamente para justificar, convalidar y suscribir el proyecto, no estuvo referida a la ventaja técnica o económica de la medida, ni al interés público o el bien común, sino en función del mayor provecho para el insospechado propósito que encubría”, explicaron los magistrados.

Para los jueces esa decisión de la entonces presidenta “no se redujo al mero incumplimiento de los deberes a su cargo sobre el cuidado y la administración de los fondos públicos”. Si no que tenía un plan: “los beneficios indebidamente obtenidos por el empresario a raíz de la maniobra defraudatoria tenían como destino final, en parte, las empresas familiares de la ex Presidenta”.

En paralelo a que Báez recibió los fondos del estado hacía negocio con los Kirchner. Puntualmente alquilaba y administraba hoteles en Santa Cruz de la familia y alquilaba propiedades de los Kirchner en Río Gallegos y la ciudad de Buenos Aires. Esos hechos forman parte de las causas “Los Sauces” y “Hotesur” -los nombres de las empresas de los Kirchner- por los que Cristina Kirchner, Báez y otros acusados fueron sobreseídos y esa decisión está bajo revisión de la Cámara Federal de Casación Penal que debe decidir si lo confirma u ordena que se haga el juicio oral, como solicitó la Fiscalía de ese expediente.

Los jueces señalaron que esa relación empresaria comenzó en 2005 y se extendió hasta 2015 -un vínculo comercial tan estable que abarcó prácticamente tres mandatos presidenciales- y en esa línea es que usaron la figura del caballo de Troya: “Tras haber examinado los hechos en toda su extensión -´la película completa´, apelando a la metáfora-, la política pública que su gobierno pregonaba presagiando un beneficio sin precedentes para la extensa provincia patagónica, en verdad escondía, cual caballo de Troya, al presupuesto indispensable para el desarrollo exitoso de la empresa criminal y sus múltiples aristas”.

La participación en el delito de Cristina Kirchner no solo se limitó al dictado del decreto y a los negocios con Báez. Los jueces también hicieron referencia a lo que durante el juicio el fiscal federal Diego Luciani llamó el “plan limpiar todo”. Se trató de los mensajes de whatsapp que se encontraron en el celular de López cuando fue detenido en junio de 2016 en el convento de General Rodríguez con bolsos con nueve millones de dólares y por los que fue condenado a seis años de prisión por enriquecimiento ilícito.

Esos mensajes dan cuenta de reuniones de López con Cristina Kirchner, con Báez, comunicaciones con Julio Mendoza -presidente de Austral Construcciones- y de encuentros del empresario con la entonces presidenta en noviembre de 2015, a pocos días de que Mauricio Macri asuma la presidencia de la Nación. Allí se hace referencia a que Báez tenía que cobrar todo lo que se de le adeudaba antes que Cristina Kirchner deje el gobierno para después cerrar las empresas.

“El nivel de detalle de las conversaciones retratadas en los mensajes obtenidos del celular del ex Secretario de Obras Públicas, la urgencia de éste y de los representantes de Austral Construcciones, Mendoza y Báez, por conocer las decisiones de la ex Presidenta de cara a la llegada de un nuevo espacio político al poder después de doce años consecutivos de gobernar la nación, la presencia del avión presidencial en la ciudad Río Gallegos a poco que comenzara diciembre del año 2015 y, fundamentalmente, las alusiones directas a un encuentro necesario entre “la Señora” y “L”, para que Fernández de Kirchner tomase decisiones, conforman un cuadro de certidumbre sobre esta etapa del íter críminis y sobre la participación en su seno de la ex Presidenta de la Nación que nos habilita a concluir, lógica y razonadamente, que dicho comportamiento de Cristina Fernández de Kirchner realizó la conducta descripta por la ley penal de acuerdo a la delimitación semántica de lo prohibido contenida en el artículo 173, inciso 7 -en función del artículo 174 inciso 5- del Código Penal”, describieron los jueces.

“En conclusión, la prueba reunida a lo largo de este proceso penal nos presenta una imagen esclarecida de determinadas acciones singulares de Cristina Fernández de Kirchner dentro del plan defraudatorio único, penalmente relevantes por su adecuación típica en orden al delito de administración fraudulenta agravada, que le son reprochables a nivel de su culpabilidad, y en base a ello es que habremos de emitir el juicio de responsabilidad penal que por derecho corresponde”, cerraron los jueces sobre la responsabilidad de Cristina Kirchner.