tarifazo

ARG
Así lo determino la Justicia luego del recurso de amparo interpuesto por la legisladora Gabriela Mestelán (EC).
Si bien solicitaba que se dejase sin efecto el aumento hasta una vez celebrada la audiencia pública, el juez Antonio Andrade hizo lugar pero no suspendió el cuadro tarifario.
“Tiene razón pero igual marche preso”, podría ser el título de esta noticia sobre la apertura de un espacio de debate público en el que la vedette será el tarifazo a los servicios públicos; léase energía eléctrica, agua, energía pública y cloacas.
Recordemos que fue aplicado entre gallos y medias noches dado que no fue informado por la gobernadora Alicia Kirchner en el paquete de medidas que anunció el pasado 1 de marzo cuando inauguró el año Legislativo.
Podrán asistir a la audiencia todos los interesados en tratar públicamente el aumento que oscila entre el 100% y el 600% en la boleta del servicio de energía eléctrica.
En las últimas semanas mucho se habló sobre el tema y la apertura de la audiencia suena a un consuelo de tontos donde todo hace suponer que se escuchará, sin oír para luego hacer lo que al Gobierno le plazca.
Sin embargo bienvenida sea la convocatoria que más se parece a una jugada política teniendo en cuenta este año electoral que nace, según Alicia, sin dinero en las arcas provinciales para pagar aumentos a los trabajadores pero sí para ella y su Gabinete.
La audiencia tendrá lugar el próximo 12 de abril a partir de las 11.30 en las instalaciones del Complejo Cultural Santa Cruz.

No vinculante
Para hacer un poco de historia y aclarar los tantos entre los puntos que integran la extensa lista de reclamos, peticiones y exigencias que apuntan a la gestión K, cabe recordar que la diputada Mestelán solicitó mediante el recurso de amparo contra Servicios Públicos Sociedad del Estado (SPSE) que “se dicte la prohibición de aplicar el nuevo cuadro tarifario en la facturación futura hasta que se resuelva el fondo del presente retrotrayendo el mismo al mes de diciembre de 2016”.
Argumentó las disparidades entre los niveles de consumo que arrojaron las lecturas de medidores, con respecto a períodos anteriores, y el tarifazo que trajo aparejado un estrepitoso y sorpresivo aumento que aplicó un gancho al bolsillo de los usuarios.
El artículo 42 de la Constitución Nacional habilita a este tipo de audiencias, no vinculantes, ante temas que afectan a la comunidad.

“Ilegítimo”
Sin conocimiento previo los usuarios se vieron obligados a pagar las boletas que en algunos casos llegaron a un 600% de aumento, situación que afecta cerca de 40.000 usuarios en esta ciudad capital.
“Consideramos ilegítimo entonces el dictado del aumento sin el paso previo e ineludible de una audiencia pública”, señaló la legisladora Mestelán quien interpuso el amparo ante el Juzgado de Primera Instancia.