Omar Hallar, apoderado de Cambiemos, presentó ante la Justicia Electoral una denuncia.

Río Gallegos
Omar Hallar, apoderado de Cambiemos, presentó ante la Justicia Electoral una denuncia por violación de la veda que establece el Código Nacional Electoral.
“Denunciamos que se realizaron maniobras y actos públicos que violan la legislación vigente, es decir el Código Nacional Electoral, por parte de los candidatos del Frente para la Victoria, principalmente Pablo Grasso en su doble condición de candidato de La Cámpora y Presidente del Instituto de desarrollo Urbano y Vivienda”, detalló Hallar.
Dijo que éste último violó varias veces el código electoral que establece una veda para actos públicos.
“Lo hizo cuando encabezó un acto del IDUV en Pico Truncado y luego en Las Heras. La veda establece que 15 días antes de una elección no se pueden realizar ni inauguraciones, ni anuncios ni ninguna actividad que tienda a ‘capturar’ el sufragio del ciudadano. Eso está establecido en el artículo 64 quater del Código Electoral”, subrayó.
El arquitecto Omar Hallar señaló que todos los días a partir de la veda fijada a las 00 hs. del sábado 7 de octubre, Grasso realizó actos de gobierno entregando a lo largo y a lo ancho de la Provincia terrenos, viviendas y carpetas, utilizando su rol de funcionario público para actos proselitistas. “Mezcla su función con su candidatura en abierta violación al Código Nacional Electoral”, sentenció.
Desde Unión Para Vivir Mejor destacaron que se trata de una más de las maniobras con las que La Cámpora busca engañar al pueblo. “Continúan subestimando a los vecinos, buscan sacar ventajas con los bienes del estado, como han hecho siempre. No han tomado nota de los reclamos y pedidos que, en medio de la enorme crisis que vive la Provincia, realizan los vecinos exigiendo cambios, nuevas actitudes y maneras de actuar”, remarcó Hallar.

Normas
“Los funcionarios públicos deben respetar las normas y ser un ejemplo para los vecinos”, citó Hallar, al recordar que el Código Nacional Electoral prevé una sanción, en el artículo 133 bis* de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos para los funcionarios que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater.
En su presentación, Cambiemos solicitó una urgente investigación respecto a esta denuncia; y pidió que se establezca una medida cautelar urgente para que el gobierno de Alicia y La Cámpora y, en particular, el Sr. Pablo Grasso, se abstengan de continuar con la violación denunciada.

Código
El CNE, artículo 64 quater establece respecto a la publicidad de los actos de gobierno:
Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan; expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
Queda prohibido durante los quince (15) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las primarias, abiertas simultáneas y obligatorias y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.