gas

Buenos Aires
El recargo lo deben pagar los usuarios de gas natural por red para el fondo fiduciario con el que se subsidia a la Patagonia y a quienes utilizan garrafas.
El recargo deberá ser aplicado por las empresas distribuidoras a sus clientes, según los instruyó este viernes el Enargas a través de la Resolución 322/2018 publicada en el Boletín Oficial con las firmas de los funcionarios Daniel Perrone, Carlos María Casares, Diego Guichon y Mauricio Ezequiel Roitman.
La decisión de elevar el recargo a los usuarios había sido tomada a fines de septiembre por el secretario de Energía, Javier Iguacel, a través de la resolución 14/2018.
El dinero que se recauda va a un Fondo Fiduciario para subsidios de consumos residenciales de gas en la Región Patagónica, en el departamento mendocino de Malargüe y la Región conocida como “Puna”, en la provincia de Jujuy.

Aplicación
Son las empresas distribuidoras o subdistribuidoras zonales de gas natural y gas licuado de petróleo de uso domiciliario las que perciben ese dinero por la aplicación de tarifas diferenciales a los consumos residenciales.
Por otro lado, con el Fondo Fiduciario se subsidia la venta de cilindros, garrafas o gas licuado de petróleo, gas propano comercializado a granel y otros, en las provincias ubicadas en las tres zonas antes mencionadas.
El régimen establecido en el artículo 75 de la Ley Nº 25.565, con vigencia hasta el año 2021, establece que el mencionado Fondo Fiduciario se constituirá con un recargo de hasta un 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte.
Tras esos considerandos, Iguacel determinó elevar el recargo del 2,59% que estaba vigente al 2,96% promedio sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte, por cada metro cúbico de 9.300 kilocalorís que ingrese al sistema de ductos en el Territorio Nacional.
El recargo deberá ser aplicado por las empresas distribuidoras a sus clientes, según los instruyó este viernes el Enargas a través de la Resolución 322/2018 publicada en el Boletín Oficial con las firmas de los funcionarios Daniel Perrone, Carlos María Casares, Diego Guichon y Mauricio Ezequiel Roitman.

Recargos
La decisión de elevar el recargo a los usuarios había sido tomada a fines de septiembre por el secretario de Energía, Javier Iguacel, a través de la resolución 14/2018.
El dinero que se recauda va a un Fondo Fiduciario para subsidios de consumos residenciales de gas en la Región Patagónica, en el departamento mendocino de Malargüe y la Región conocida como “Puna”, en la provincia de Jujuy.
Son las empresas distribuidoras o subdistribuidoras zonales de gas natural y gas licuado de petróleo de uso domiciliario las que perciben ese dinero por la aplicación de tarifas diferenciales a los consumos residenciales.
Por otro lado, con el Fondo Fiduciario se subsidia la venta de cilindros, garrafas o gas licuado de petróleo, gas propano comercializado a granel y otros, en las provincias ubicadas en las tres zonas antes mencionadas.
El régimen establecido en el artículo 75 de la Ley Nº 25.565, con vigencia hasta el año 2021, establece que el mencionado Fondo Fiduciario se constituirá con un recargo de hasta un 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte.
Tras esos considerandos, Iguacel determinó elevar el recargo del 2,59% que estaba vigente al 2,96% promedio sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte, por cada metro cúbico de 9.300 kilocalorís que ingrese al sistema de ductos en el Territorio Nacional.