Pico Truncado
El responsable de la administración de la Caja de Previsión social de la Provincia de Santa Cruz, el contador Ariel Ivovich tiene una rara habilidad, que es mostrarse como “victima” cuando sus acciones son de “victimario”.
La situación de los jubilados, retirados o pensionados que son beneficiarios de la Caja de Previsión Social de la Provincia de Santa Cruz, reclaman lo que debería ser lo normal y habitual, cobrar su beneficio en tiempo y forma, que se ha perdido en estos últimos meses, y el responsable directo, el contador Ivovich no tiene respuestas coherentes para explicar su incumplimiento a lo que debería ser su función, que es administrar los fondos de aquellos que hoy se encuentran en situación de beneficiarios como jubilados, retirados o pensionados, como también de los aportes de los que se encuentran en actividad.
Sino se encuentra en condiciones de hacerlo debería dar un paso al costado.
No obstante asume el rol de “justificador” de lo que le dicen las autoridades del gobierno provincial, completa sus acciones con diversos papeles actorales, se habría auto atentado el vehículos de la Caja que preside y que está bajo su responsabilidad, en una situación confusa, donde el primer y único implicado seria un nuevo “beneficiario” de una jubilación.
Además “justifica” que la situación de acampe de los “jubilados unidos”, les impide poder realizar las liquidaciones correspondientes del mes de abril, aunque no desmiente que si pudieron hacerlo en esta nueva modalidad que es pagar en tramos, y lo realizó con aquellos que llegan a un monto de 23 mil pesos el pasado 4 del corriente mes, y, toma una actitud de “chiquilin” y filma con un celular de última generación a aquellos que se manifiestan en el acampe amenazándolos con denunciarlos, e identificarlos para enfrentar con el resto de los beneficiarios, para así poder mostrar quienes son los “que se oponen” a que él pueda realizar su trabajo.
La realidad es que no necesita mostrarnos su incapacidad de poder solucionar los problemas existentes y si pretende que los beneficiarios se “adapten” a esta modalidad de cobrar sectorialmente por montos y fuera de los cronogramas establecidos por Ley y que existe una orden judicial emanada recientemente que lo obliga a responder en tiempo y forma.