Caleta Olivia
El día 20 de marzo de 2017, la jueza federal Eva Parcio de Selemme, actuando como juez correccional, condenó a Carolina Ana Maria Rossi a la pena de 3 meses de prisión como coautora penalmente responsable del delito de interrupción de transporte terrestre sobre la Ruta Nacional 3.
Apelada la sentencia, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los magistrados Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, hizo lugar al recurso.
Dicho Tribunal entendió que estaba demostrada la coautoría de Rossi en el delito de corte total de la ruta nacional 3; y que el objetivo de los manifestantes era retener un camión cisterna en miras a infundir temor, con la posibilidad de generar una explosión al arrojar una bomba “molotov” en su interior, descartando que la protesta hubiere sido “pacífica”.
Sin embargo, al existir una contradicción entre el Fiscal de Primera Instancia (Dr. Lucas Colla) y el que actúa ante la Cámara de Casación (Dr. Javier de Luca), se ordenó anular la sentencia y la tramitación de un nuevo juicio, dado que el primer funcionario había acusado y el segundo, en cambio, pidió la absolución.
Dicha contradicción – según la Cámara de Casación – implica una actuación inapropiada, porque el Ministerio Público Fiscal, en todas las instancias, debe actuar según los principios de unidad, coherencia y jerarquía que fija la ley 27148.
Es decir, de quedar firme, dicha sentencia implica que la señora Rossi deba ser sometida a un nuevo juicio, previa designación de otro magistrado, por haber actuado la jueza Marta Yañez en la instrucción y Parcio en la sentencia anulada.
El piquete
El “piquete” llevado adelante por trabajadores de la ex Fundación Olivia, en octubre del 2012, generó caos en la protesta ya que los manifestantes amenazaba con arrojar bombas molotov a un camión de transportes de combustibles de la empresa YPF.
Fuentes judiciales confirmaron a Diario Más Prensa que no se “anuló la condena a Carolina Rossi, sino que se dispuso a que la señora Rossi deba ser sometida a un nuevo juicio, previa designación de otro magistrado, por haber actuado Marta Yañez en la instrucción y l Parcio en la sentencia anulada”.
En tanto, por el hecho se desalojó la ruta, por orden de la justicia federal y donde hubo 20 manifestantes detenidos, que dejó como saldo un policía herido, tras desbloquear la ruta nacional.
En esa fecha, alrededor de setenta trabajadores de la Fundación Olivia realizaron un “piquete” en el acceso norte sobre la ruta nacional 3, en reclamo de mejoras salariales.
Pasado el mediodía, los manifestantes cortaron el tránsito vehicular con quema de cubiertas y demoraron a tres camiones de la empresa YPF. En uno de ellos se subieron a la cisterna de combustibles y amenazaron con encenderlos mediante bombas “molotov”.
Posteriormente, se procedió al desalojo, y los detenidos quedaron procesados.
Elevada la causa a juicio, se extinguió la acción penal respecto de Marcelo Augusto González por fallecimiento y se le concedió el beneficio de la suspensión del juicio a prueba a todos los imputados con excepción de Carolina Ana Rossi; a cuyo respecto se realizó el juicio.