Caleta Olivia
Se trata del Decreto 266MCO/2021, el cual adhiere hasta el 21 de mayo inclusive a las disposiciones del Decreto Provincial N° 467/2021 en lo que resulte aplicable. El COE informó que a partir de hoy no habrá restricciones por DNI par e impar para ingresar a Hiper, Supermercados y Corralones.
El decreto indica en su artículo segundo las «Reglas de Conducta Generales y Obligatorias en todos los ámbitos, tanto públicos como privados».
Las personas deberán mantener, entre ellas, una distancia mínima de 2 metros. Utilizar tapabocas en espacios compartidos. Ventilar los ambientes en forma adecuada y constante. Higienizarse asiduamente las manos. Toser o estornudar en el pliegue del codo.
Dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria provincial.
En ningún caso podrán circular las personas que revisten la condiciones de «caso confirmado» de Covid-19, «caso sospechoso» o «contacto estrecho».
En el artículo 3 se recomienda a la ciudadanía, conforme lo establecido evitar realizar actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas, «por constituir una de las principales fuentes de contagio de Covid-19».
En el cuarto artículo, se restringe de manera estricta la circulación de personas entre la 1 y 7 de la mañana con excepción de aquellos trabajadores esenciales y/o personas autorizadas por su función.
En el artículo 5, se establece que el funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios se deberá cumplimentar estrictamente bajo los protocolos sanitarios aprobados por la autoría sanitaria provincial.
Los locales comerciales y/o servicios deberán mantener libre una superficie equivalente al 50 por ciento del espacio cubierto.
En el artículo 6, se establece que las competencias deportivas que se realicen al aire libre o en espacios serán sin concurrencia de público o espectadores, con excepción de aquellos progenitores y/o responsables que deben acompañar a sus hijos menores de 16 años a tal evento.
En el artículo séptimo se habilita la dispensa de aquellos trabajadores municipales que sean personas de riesgo, mayores de 60 años embarazadas y quienes deban permanecer en el hogar para cuidado de niños, niñas y adolescentes en edad escolar hasta el 21 de mayo.
En el artículo 8 se manifiesta que se podrán realizar eventos públicos en espacios públicos cerrados con una concurrencia no mayor a 20 personas según la capacidad del lugar. Si es al aire libre, la cantidad se amplía a 50 personas
Asimismo, desde este martes no habrá restricciones par e impar, en hiper, supermercados y corralones de la ciudad.