El aumento del salario básico será del 66% y se comenzará a cobrar el 1 de julio. De forma retroactiva a abril se aplicará un aumento del 41%. El 50% de este aumento será no remunerativo, al igual que el 25% del aumento acordado por producción.
El SOMU y las cámaras empresarias CAPeCA, CAPIP, CEPA y CAPA firmaron ayer el acta acuerdo de recomposición salarial para marinería y maestranza. El aumento final fue del 66% para el salario básico, lo que se traduce en 53.100 pesos que comenzarán a cobrar a partir del mes de julio. El 50% del aumento será no remunerativo “solo por el aumento sin alterar la naturaleza de la masa salarial consolidada”, señala el acta.
De forma retroactiva al mes de abril se aplicará un aumento del 41% que deberá sumarse al sueldo básico de 32.000 pesos que percibían, hasta alcanzar la cifra de 45 mil pesos. Por los salarios devengados en los meses de abril y mayo, se acordó abonar una cifra equivalente al incremento pactado que se liquidará conjuntamente “con los próximos haberes”.

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En cuanto a la producción, se calculará un sueldo proporcional por producción “conforme los valores de referencia y condiciones previstas en los CCT 486/07; CCT 729/15 y 579/10 sin cambio alguno”, se indica en el acta. Del valor resultante, “el 25% de este rubro será liquidado transitoriamente y excepcionalmente con carácter no remunerativo” también hasta el 31 de marzo de 2023.
La recomposición salarial no fue presentada con porcentajes por parte de la dirigencia del SOMU, salvo cuando compararon el sueldo básico de hace cuatro años con el actual. “Cuando ingresamos estaba en 4730 pesos y hoy firmamos en 53.100 presos, esto representa un 1000% de aumento, sabemos que todavía falta en la recomposición, pero estamos seguro que este es el camino”, sostuvo Durdos en un escueto comunicado.
En el acuerdo quedó aclarado que “las sumas no remunerativas acordadas tanto para el Incremento salarial como para el sueldo proporcional por producción” computarán sobre el cálculo de indemnizaciones, horas extras, salario familiar, licencias por enfermedad o accidentes y demás licencias legales. También serán tenidos en cuenta para el aporte de los afiliados en la cuota sindical o aporte solidario y contribución a la Obra Social.
Llamó la atención que desde el SOMU celebraran la existencia de porcentajes no remunerativos tanto en el sueldo básico como en la producción: “Esto impacta directamente en el bolsillo de nuestros afiliados, que van a cobrar más por cada tonelada de pesca, porque no van a sufrir los descuentos de ley, este porcentaje se suma directamente por cada tonelada de pescado procesado y menos descuentos en los básicos”.

Plus

En lo que respecta al plus por bodega llena se acordó con CAPeCA y CAPIP el pago de 145 pesos por tonelada para todas las categorías profesionales en buques congeladores tangoneros y centolleros. En los merluceros de hasta 700 toneladas de bodega se pagará 62 pesos la tonelada y en los que tengan bodegas superiores a 700 toneladas, se pagará 42 pesos por tonelada.
En el caso de CEPA que pagaba un valor fijo por ítem, se acordó un valor por tonelada, aunque aún no han sido publicados los valores. Desde la dirigencia del SOMU señalaron que “cuando ingresamos nos pagaban un valor fijo insignificante por la bodega completa, hoy estamos aumentando por cada tonelada que procesamos”.
En el caso de CAPA, la cámara que nuclea a los barcos poteros, con el objetivo de que los tripulantes puedan acceder a la Obra Social en los meses en que por la naturaleza de la actividad no trabajan, las empresas asociadas realizarán el pago “de un importe” para que el tripulante efectivo y sus familias tengan cobertura, siempre y cuando no estén aportando a través de otro empleador.
Las partes se comprometieron a reunirse nuevamente a partir del 1 de octubre del corriente año para evaluar si es necesario ajustar los salarios a las variables económicas de ese momento. Por su parte el SOMU se comprometió “a respetar un periodo de paz social durante el plazo de vigencia del acuerdo” que se extenderá hasta el 31 de marzo de 2023.