La fiscalía solicitó que se reabra la causa que involucra a la vicepresidenta, Cristina Kirchner, en lo que respecta al uso de aviones oficiales para trasladar sus muebles al sur del país.
Así, ante la Cámara de Casación Penal, el fiscal Raúl Pleé se vio presentando un recurso extraordinario con el fin de que la Corte Suprema de Justicia decida revocar el fallo que anuló, hace apenas dos semanas, la confirmación de un procesamiento hacia Cristina Kirchner.
Por este motivo, la causa continuará su curso con rumbo al juicio oral, debido a dejar sin acción la nulidad del procesamiento de la vicepresidenta.
La acusación que pesa sobre ella radica en haber utilizado aviones oficiales, durante su mandato presidencial, para poder trasladar muebles propios a sus hoteles en la Patagonia.

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Lo que busca con este recurso extraordinario el fiscal Pleé, es revertir la sentencia propia de la Sala II de la Cámara de Casación, la cual fue firmada por los jueces Carlos Mahiques y Alejandro Slokar, mientras que Guillermo Yacobucci se presentó en disidencia con la decisión.
Al mismo tiempo, además de anular el fallo con Cristina Kirchner, los jueces supieron reenviarlo a la Cámara Federal, a fin de que se dictara uno nuevo.
Resulta poco usual que la confirmación de un procesamiento se vea revisado por la Cámara de Casación. Mahiques y Slokar arribaron a la conclusión de que correspondía anular la confirmación del procesamiento, dado que quien había investigado el caso, el fallecido juez Claudio Bonadío, habría actuado de forma incorrecta, sin la consecuente imparcialidad.
Sin embargo, los jueces en la causa entienden que no se pueden realizar cuestionamientos a las pruebas reunidas con la expresidenta de la Nación. Una de las bases de esto son los testimonios que describen al detalle cómo se realizaron los envíos de muebles al Calafate.
Antes estas evidencias, fue la Cámara Federal la que había confirmado el procesamiento que en su momento había dictaminado Bonadío.
Los argumentos del fiscal Pleé, por lo tanto, se sostienen en que no existe ninguna norma que le impida a un juez investigar una denuncia iniciada por sí mismo, si es que luego le llegó por sorteo.
“El ordenamiento jurídico no prohíbe que sea el juez que ordenó la formación de la causa a través de la extracción de testimonios, el que intervenga como director de la instrucción”, citó el fiscal.
Al mismo tiempo, confirmó que el caso ya puede ser elevado a juicio oral, dado que superó la etapa en la que podría haberse practicado la nulidad de lo obrado por Bonadío.
“Ello impone la necesidad de que sea dejada sin efecto una sentencia que posee un fundamento aparente, apoyada, como se ha dicho, en afirmaciones meramente dogmáticas y en inferencias sin sostén alguno”, manifestó Pleé.