El objetivo es preservar los ejemplares juveniles fomentando la conservación del recurso a largo plazo. Se sustituye el Manual para el Control de la Descarga de la especie. Se determinan los factores de conversión y se aprueban documentos para el control y fiscalización. Entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación subscribió la Disposición SSPYA N° 15/2023 mediante la cual se unifica la normativa sobre el tratamiento que recibe la especie merluza negra (Dissostichus eleginoides). Adicionalmente, fueron incorporados nuevos parámetros para el control y fiscalización.
Luego de 18 años se modifica el manual para el protocolo de desembarque, sustituyendo el creado bajo la Disposición SSPYA N° 597/2004, donde se describen los criterios para la medición de tallas determinando los factores de conversión, así como también el peso mínimo de los filetes con y sin piel, los productos sin cabeza, sin viseras y sin cola (HGT) para poder precisar si son ejemplares juveniles o adultos. Del mismo modo, se aprueban los coeficientes de conversión aplicables para todas aquellas elaboraciones y/o producciones a bordo de Buques Pesqueros de bandera Argentina para la mencionada especie.

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Asimismo, se incorporaron nuevas herramientas de comunicación, en la cual se establece que las empresas armadoras de Buques Pesqueros que capturen Merluza Negra (Dissostichus eleginoides) ya sea como especie objetivo o en forma incidental, deberán informar, mediante la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), la fecha estimada del arribo a puerto, con una antelación mínima de 96 horas.
En este mismo acto administrativo se actualizan y aprueban, distintos documentos destinados a controlar y fiscalizar las descargas. Por una parte, se subscribe el modelo de ´Acta de Constatación´ a fin de relevar toda la información sobre el procedimiento llevado a cabo para la fiscalización del desembarque. Seguidamente, el documento ´Planilla de Control de Tallas´ el cual detalla los centímetros de los ejemplares capturados durante la marea. Para finalizar, se aprueba la ´Planilla de Control de Pesaje´ donde se vuelcan los datos referidos a los kilogramos de filetes con y sin piel de la especie Merluza Negra (Dissostichus eleginoides).
El Subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación, Dr. Carlos Liberman declaró: “Trabajamos en conjunto con el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) para poder determinar con el mayor grado de certeza cuales son los parámetros para establecer cuándo un filete de Merluza Negra es un ejemplar juvenil o adulto. Anteriormente, este tipo de producto era por default considerado juvenil, lo cual no era ecuánime para los Administrados y Administradas.
Por otro lado, a lo largo del tiempo, se han dictado numerosos Actos Administrativos con el objetivo de regular diversos aspectos en torno a las especies. Consideramos necesario la consolidación de los reglamentos subscriptos, a los efectos de concentrar las disposiciones en una norma, con el fin de ser una Administración más eficiente.”

Merluza negra

En la misma línea, el Director Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, Dr. Julián Suárez afirmó: “Contar con un manual para el protocolo de descarga actualizado nos permite promover una línea clara respecto a los procedimientos que deben llevar a cabo nuestros Inspectores Nacionales en muelle, lo que se traduce en calidad institucional de cara a los administrados y administradas.
Mediante la Resolución SAGYP N° 149/2021 efectivizamos la creación de la Unidad de Seguimientos Especiales Pesqueros (USEP), la cual dentro de sus funciones comprende para esta pesquería en particular: coordinar y efectuar, en conjunto con los Inspectores de Muelle correspondientes, el control de las descargas de la especie Merluza Negra (Dissostichus Eleginoides).
Desde el inicio de nuestra gestión, el Subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación Dr. Carlos Liberman, incitó a que todas las decisiones que tomemos sean pensando en la preservación de los recursos de los 47 millones de Argentinos y Argentinas. Además, con estas medidas logramos facilitar el desarrollo de la actividad pública y privada ya que, hemos unificado en una sola norma toda la normativa en torno a la pesquería de Merluza Negra y ello permite que tanto, los trabajadores y las trabajadoras de la Subsecretaría, como así también los administrados y administradas, cuenten con un texto jurídico único que regule su accionar.”
Esta medida entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.